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Chihuahua

Recibe alcalde en su despacho a comisionado presidente del ICHITAIP

El comisionado presidente del Instituto Chihuahuense para la Transparencia y Acceso a la Información Pública (ICHITAIP), Ernesto Alejandro De la Rocha Montiel, hizo hoy una visita de cortesía al Presidente Municipal, Cruz Pérez Cuéllar.

En una reunión que se llevó a cabo en el despacho del alcalde, el funcionario del órgano garante estatal habló de sostener con el Gobierno Municipal vínculos de colaboración en posibles proyectos novedosos para el estado, en los cuales Ciudad Juárez podría ser pionero.

Así mismo, ofreció capacitación a la ciudadanía en materia de derecho de acceso a la información y protección de datos personales.

El Presidente Pérez Cuéllar agradeció la visita de De la Rocha Montiel, y comentó que su administración está en la mejor disposición de mantener un enlace cercano con el ICHITAIP.

En la reunión estuvo también la coordinadora de la Unidad de Transparencia Municipal, Valeria Aguirre Holguín, quien señaló que es importante la visita, ya que a través de esta el ICHITAIP dejó las puertas abiertas para la colaboración en materia de transparencia.

Al final de la reunión, la coordinadora hizo un recorrido por las instalaciones de la dependencia con el comisionado presidente del ICHITAIP.

Chihuahua

Declara SCJN despenalización del aborto en Chihuahua

Chihuahua, Chih.- Los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declararon inconstitucionales varios artículos del Código Penal del Estado de Chihuahua que penalizaban el aborto, tras aprobar la acción de inconstitucionalidad 1/2024 presentada por la Primera Sala.

El ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá presentó el proyecto, el cual fue avalado con base en el amparo en revisión 666/2023, resuelto por la Primera Sala el 18 de octubre de 2023 con una mayoría de cuatro votos.

En dicha resolución, se determinó que los artículos 143, párrafos primero y segundo, y 145 del Código Penal de Chihuahua vulneran los derechos a la salud, la igualdad y la no discriminación de las mujeres y personas con capacidad de gestar.

Además, se estableció que estas disposiciones imponen la maternidad de manera obligatoria, lo que atenta contra el derecho de cada persona a definir su proyecto de vida y a disfrutar del mayor nivel de bienestar físico, mental y social, garantizando así su autonomía sobre la salud y el cuerpo, incluyendo la libertad sexual.

El amparo también subrayó la responsabilidad del Estado Mexicano de garantizar el derecho a la salud de mujeres y personas gestantes, brindando acceso a los mejores servicios de salud sexual y reproductiva, entendidos como un estado de bienestar integral y no solo como la ausencia de enfermedades.

Asimismo, se determinó que el artículo 146, fracción primera, es inconstitucional, ya que, aunque prevé excusas absolutorias, sigue considerando el aborto como delito, incluso cuando la interrupción del embarazo no fue consentida, como en casos de violación o inseminación artificial no autorizada. Esta normativa criminaliza a la mujer sin sancionar la conducta, lo que afecta negativamente su derecho a decidir.

Pese a la resolución, el Congreso del Estado no modificó ni derogó los artículos señalados como inconstitucionales, por lo que la Primera Sala solicitó al Pleno de la Corte emitir la declaratoria general de inconstitucionalidad, la cual entrará en vigor una vez que se notifique al órgano legislativo local.

Al tratarse de una materia penal, la declaratoria tendrá efectos retroactivos, beneficiando a mujeres y personas gestantes que estén bajo investigación, proceso o hayan sido sentenciadas por aborto, así como a los profesionales de la salud que hayan realizado interrupciones del embarazo con consentimiento.

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