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Chihuahua

Recomienda Dirección de Ecología no usar pirotecnia y moderar uso de bocinas

Directivos de la Dirección de Ecología hacen un llamado a la comunidad para que durante la celebración del Año Nuevo evite el uso de fuegos artificiales, debido a la afectación directa que estos artefactos explosivos ocasionan a las mascotas.

Aunque no tenemos facultades para sancionar por el uso de la pirotecnia, como responsables del bienestar animal si hacemos de nuevo el llamado a la ciudadanía para que no la utilice en este festejo, por el bien de los perros, gatos y aves, dijo la titular de la dependencia, Yesenia Anaya Retana.

Comentó que las afectaciones que la pirotecnia tiene en los perros son los ladridos compulsivos, babeo excesivo, cabeza agachada y la cola entre las patas, además de agresividad, incontinencia, convulsiones y llanto, todos, reflejo de la ansiedad y los altos niveles de estrés que el estruendo les genera.

Otra de las especies más vulnerables al sonido de la pirotecnia son las aves, ya que pueden padecer taquicardias generadas por el terror que sienten, lo que puede llevarlas hasta la muerte.

Es por estas razones que la Dirección de Ecología solicita a la ciudadanía a que eviten utilizar pirotecnia, así previenen la afectación a los animales, como perros, gatos y aves, pero también evitan los accidentes producidos por estos artefactos, dijo la funcionaria.

Anaya Retana también hizo un llamado a la comunidad para que al utilizar aparatos de sonido con las bocinas al exterior de las viviendas, lo hagan de manera moderada, ya que estas pueden causar molestia en vecinos, y en este caso, la Dirección de Ecología si puede aplicar sanciones por el ruido excesivo.

Ante esta situación, quienes se vean afectados por esta problemática pueden hacer denuncia al 911 y proporcionar el folio de la denuncia en la Dirección de Ecología al teléfono 656- 737-0136, agregó.

Chihuahua

Declara SCJN despenalización del aborto en Chihuahua

Chihuahua, Chih.- Los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declararon inconstitucionales varios artículos del Código Penal del Estado de Chihuahua que penalizaban el aborto, tras aprobar la acción de inconstitucionalidad 1/2024 presentada por la Primera Sala.

El ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá presentó el proyecto, el cual fue avalado con base en el amparo en revisión 666/2023, resuelto por la Primera Sala el 18 de octubre de 2023 con una mayoría de cuatro votos.

En dicha resolución, se determinó que los artículos 143, párrafos primero y segundo, y 145 del Código Penal de Chihuahua vulneran los derechos a la salud, la igualdad y la no discriminación de las mujeres y personas con capacidad de gestar.

Además, se estableció que estas disposiciones imponen la maternidad de manera obligatoria, lo que atenta contra el derecho de cada persona a definir su proyecto de vida y a disfrutar del mayor nivel de bienestar físico, mental y social, garantizando así su autonomía sobre la salud y el cuerpo, incluyendo la libertad sexual.

El amparo también subrayó la responsabilidad del Estado Mexicano de garantizar el derecho a la salud de mujeres y personas gestantes, brindando acceso a los mejores servicios de salud sexual y reproductiva, entendidos como un estado de bienestar integral y no solo como la ausencia de enfermedades.

Asimismo, se determinó que el artículo 146, fracción primera, es inconstitucional, ya que, aunque prevé excusas absolutorias, sigue considerando el aborto como delito, incluso cuando la interrupción del embarazo no fue consentida, como en casos de violación o inseminación artificial no autorizada. Esta normativa criminaliza a la mujer sin sancionar la conducta, lo que afecta negativamente su derecho a decidir.

Pese a la resolución, el Congreso del Estado no modificó ni derogó los artículos señalados como inconstitucionales, por lo que la Primera Sala solicitó al Pleno de la Corte emitir la declaratoria general de inconstitucionalidad, la cual entrará en vigor una vez que se notifique al órgano legislativo local.

Al tratarse de una materia penal, la declaratoria tendrá efectos retroactivos, beneficiando a mujeres y personas gestantes que estén bajo investigación, proceso o hayan sido sentenciadas por aborto, así como a los profesionales de la salud que hayan realizado interrupciones del embarazo con consentimiento.

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