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Chihuahua

Recomienda Protección Civil evitar encendido de fogatas y quemas en predios, ante fuertes vientos

La Coordinación Estatal de Protección Civil, hace un llamado a la población para que evite encender fogatas en bosques, reservas forestales o cualquier otra área o predio; asimismo, a no quemar basura o desechos en lugares inadecuados como patios, jardines o lotes baldíos, y que estas acciones podrían ocasionar un incendio.

Exhorta además a no tirar colillas de cigarro encendidas u otros materiales inflamables en carreteras o bosques, ya que los fuertes vientos que se presentan en esta temporada en la entidad, pueden mantener las brasas activas durante días, al igual que de manera subterránea.

La CEPC emite continuamente una serie de recomendaciones para evitar incendios urbanos y forestales, ya que este tipo de siniestros afectan ambiente, flora y fauna, además de pérdidas humanas y materiales, si no se sofocan de manera oportuna: problemática que se incrementa ante la presencia de los fuertes vientos que se pronostican para los próximos días.

Debido a lo anterior, la dependencia estatal busca generar conciencia sobre el gran riesgo que representan los incendios que no son controlados a tiempo.

En caso de incendio, se recomienda alejarse del área, reportarlo de inmediato al 9-1-1 y permitir que el personal calificado sea quien lo sofoque.

Chihuahua

Declara SCJN despenalización del aborto en Chihuahua

Chihuahua, Chih.- Los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declararon inconstitucionales varios artículos del Código Penal del Estado de Chihuahua que penalizaban el aborto, tras aprobar la acción de inconstitucionalidad 1/2024 presentada por la Primera Sala.

El ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá presentó el proyecto, el cual fue avalado con base en el amparo en revisión 666/2023, resuelto por la Primera Sala el 18 de octubre de 2023 con una mayoría de cuatro votos.

En dicha resolución, se determinó que los artículos 143, párrafos primero y segundo, y 145 del Código Penal de Chihuahua vulneran los derechos a la salud, la igualdad y la no discriminación de las mujeres y personas con capacidad de gestar.

Además, se estableció que estas disposiciones imponen la maternidad de manera obligatoria, lo que atenta contra el derecho de cada persona a definir su proyecto de vida y a disfrutar del mayor nivel de bienestar físico, mental y social, garantizando así su autonomía sobre la salud y el cuerpo, incluyendo la libertad sexual.

El amparo también subrayó la responsabilidad del Estado Mexicano de garantizar el derecho a la salud de mujeres y personas gestantes, brindando acceso a los mejores servicios de salud sexual y reproductiva, entendidos como un estado de bienestar integral y no solo como la ausencia de enfermedades.

Asimismo, se determinó que el artículo 146, fracción primera, es inconstitucional, ya que, aunque prevé excusas absolutorias, sigue considerando el aborto como delito, incluso cuando la interrupción del embarazo no fue consentida, como en casos de violación o inseminación artificial no autorizada. Esta normativa criminaliza a la mujer sin sancionar la conducta, lo que afecta negativamente su derecho a decidir.

Pese a la resolución, el Congreso del Estado no modificó ni derogó los artículos señalados como inconstitucionales, por lo que la Primera Sala solicitó al Pleno de la Corte emitir la declaratoria general de inconstitucionalidad, la cual entrará en vigor una vez que se notifique al órgano legislativo local.

Al tratarse de una materia penal, la declaratoria tendrá efectos retroactivos, beneficiando a mujeres y personas gestantes que estén bajo investigación, proceso o hayan sido sentenciadas por aborto, así como a los profesionales de la salud que hayan realizado interrupciones del embarazo con consentimiento.

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