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Chihuahua

Recorre y Supervisa Maru Campos Meoqui tras lluvias

Tras la a intensas lluvias de las pasadas semanas, la gobernadora Maru Campos acudió a una gira de trabajo por la zona centro sur del estado.

Como uno de los puntos a trabajar, reviso y recibió de primera mano la información de los estragos causados en Meoqui y sus alrededores, así lo informaron en las cuentas oficiales del Gobierno Estatal

 

Así mismo la Gobernadora se pronunció en sus redes sobre el mismo tema y escribió lo siguiente:

Quiero reconocer el excelente trabajo que han realizado las autoridades de los municipios de Meoqui y Rosales en colaboración con los expertos para la identificación de zonas de riesgo, el desarrollo de estrategias de prevención y la implementación brigadas de ayuda para aminorar los daños causados por las lluvias que han afectado la región.

Son momentos de estar en el epicentro del problema, de ver con propios ojos lo que está sucediendo y escuchar de los expertos lo que puede suceder. Tengo un solo objetivo en mente, prevenir los daños de todo tipo que estas lluvias puedan causar a las comunidades chihuahuenses. Seguiré recorriendo mi estado, sobre todo en estos momentos de alerta, vigilancia y preparación.”

Al finalizar dicho trabajo la gobernadora acudió al informe de la presidenta municipal de Meoqui.

Redacción SaS

Chihuahua

Declara SCJN despenalización del aborto en Chihuahua

Chihuahua, Chih.- Los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declararon inconstitucionales varios artículos del Código Penal del Estado de Chihuahua que penalizaban el aborto, tras aprobar la acción de inconstitucionalidad 1/2024 presentada por la Primera Sala.

El ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá presentó el proyecto, el cual fue avalado con base en el amparo en revisión 666/2023, resuelto por la Primera Sala el 18 de octubre de 2023 con una mayoría de cuatro votos.

En dicha resolución, se determinó que los artículos 143, párrafos primero y segundo, y 145 del Código Penal de Chihuahua vulneran los derechos a la salud, la igualdad y la no discriminación de las mujeres y personas con capacidad de gestar.

Además, se estableció que estas disposiciones imponen la maternidad de manera obligatoria, lo que atenta contra el derecho de cada persona a definir su proyecto de vida y a disfrutar del mayor nivel de bienestar físico, mental y social, garantizando así su autonomía sobre la salud y el cuerpo, incluyendo la libertad sexual.

El amparo también subrayó la responsabilidad del Estado Mexicano de garantizar el derecho a la salud de mujeres y personas gestantes, brindando acceso a los mejores servicios de salud sexual y reproductiva, entendidos como un estado de bienestar integral y no solo como la ausencia de enfermedades.

Asimismo, se determinó que el artículo 146, fracción primera, es inconstitucional, ya que, aunque prevé excusas absolutorias, sigue considerando el aborto como delito, incluso cuando la interrupción del embarazo no fue consentida, como en casos de violación o inseminación artificial no autorizada. Esta normativa criminaliza a la mujer sin sancionar la conducta, lo que afecta negativamente su derecho a decidir.

Pese a la resolución, el Congreso del Estado no modificó ni derogó los artículos señalados como inconstitucionales, por lo que la Primera Sala solicitó al Pleno de la Corte emitir la declaratoria general de inconstitucionalidad, la cual entrará en vigor una vez que se notifique al órgano legislativo local.

Al tratarse de una materia penal, la declaratoria tendrá efectos retroactivos, beneficiando a mujeres y personas gestantes que estén bajo investigación, proceso o hayan sido sentenciadas por aborto, así como a los profesionales de la salud que hayan realizado interrupciones del embarazo con consentimiento.

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