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Reforma Congreso el Código Municipal y la Ley de Catastro

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Con la finalidad de establecer la obligación para la autoridad estatal y municipal de mantener actualizado el registro de información de catastro, respecto a los bienes ejidales y comunales, fueron reformados artículos del Código Municipal, así como de la Ley de Catastro.
El Catastro se define como el inventario público, sistemáticamente organizado, gráfico y alfanumérico, descriptivo de los bienes inmuebles urbanos, rurales y de características especiales de un país. Asimismo, el término Catastro es empleado para designar una serie de registros que muestran la extensión, el valor y la propiedad de la tierra.
La importancia de la función catastral radica en la utilidad de contar con un inventario de inmuebles a nivel nacional, tanto de los que pertenecen al régimen de propiedad privada, como al ejidal o comunal.
Dado a la importancia señalada en el párrafo anterior, es que la Comisión de Programación, Presupuesto y Hacienda Pública, a través del diputado Daniel Murguía Lardizabal en su carácter de Vocal, presentó al Pleno Legislativo, la reforma a los ordenamientos antes señalados, los cuales contienen lo siguiente:
Decreto:
Se reforma el artículo 154 del Código Municipal para el Estado de Chihuahua, para quedar redactado de la siguiente manera:
ARTÍCULO 154. La autoridad municipal está obligada a proporcionar al contribuyente, información relativa al impuesto predial respecto a cualquier predio, incluyendo los sujetos al régimen ejidal o comunal, debiendo la citada autoridad mantener actualizado el Sistema de Información Catastral.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Se adiciona un tercer párrafo al artículo 19, de la Ley de Catastro del Estado de Chihuahua, para quedar redactado de la siguiente manera:
ARTÍCULO 19. …….
Los propietarios o poseedores de inmuebles de los regímenes ejidal o comunal podrán solicitar, además, la rectificación y/o actualización de la cédula o clave catrastal; dicha solicitud deberá ser resuelta por la autoridad, en un plazo no mayor a cinco días hábiles, contados a partir de la recepción de la misma.
Cabe destacar que las autoridades catastrales municipales, dentro de un plazo no mayor a tres meses, contados a partir de la entrada en vigor del presente Decreto, deberán realizar las acciones necesarias para dar cabal cumplimiento a lo dispuesto por el mismo.

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Miles esperan lugar en la UACH: ya están listos los resultados del examen de admisión

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La Universidad Autónoma de Chihuahua recibió de manera oficial los resultados del examen de admisión aplicado a aspirantes de nuevo ingreso, evaluación que estuvo a cargo del Centro Nacional de Evaluación para la Educación Superior (CENEVAL).

La entrega formal de los resultados se realizó ante la notaria pública número 13, Rosalinda Ramos Ríos, con el propósito de garantizar certeza jurídica, transparencia y legalidad en todo el proceso, conforme a los lineamientos establecidos para este tipo de evaluaciones.

En esta etapa participaron más de cuatro mil aspirantes, quienes presentaron el examen el pasado 5 de diciembre, tanto en modalidad presencial como virtual, como parte del mecanismo de ingreso a los distintos programas académicos que ofrece la máxima casa de estudios del estado.

La UACH informó que la publicación de los resultados se lleva a cabo en estricto apego a la Ley de Protección de Datos Personales del Estado de Chihuahua, por lo que la consulta se realiza únicamente mediante el número de folio asignado a cada sustentante, sin mostrar nombres ni información sensible.

Las y los aspirantes pueden verificar su estatus dentro del proceso de ingreso a través del sistema oficial habilitado por la universidad, donde se reflejan los resultados correspondientes a esta evaluación.

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