Este día los diputados locales, aprobaron mediante Decreto, una reforma la fracción XII del artículo 22 de la Ley de Protección a la Salud de los no Fumadores para el Estado de Chihuahua, en lo referente a los espacios 100% libres de humo del tabaco.
Con esta reforma, se amplían los espacios 100% libres de humo del tabaco, siendo también los establecimientos mercantiles y espacios cerrados, donde se expendan al público alimentos y bebidas y éstos se consuman dichos lugares, tales como: restaurantes, bares, discotecas y otros de similar naturaleza.
Es así que habrá una mayor certeza jurídica y los establecimientos señalados, deberán cumplir con las disposiciones respectivas, ya que en la actualidad en los lugares de este tipo, prevalecen los fumadores haciendo caso omiso a las disposiciones legales.
Cabe recordar que los establecimientos pueden destinar áreas para fumar, las cuales deberán estar aisladas físicamente de las áreas de no fumadores, tener un sistema de extracción y purificación de aire hacia el exterior, contar con los señalamientos correspondientes, prohibir el acceso a menores de edad y mujeres embarazadas, entre otros, y en el caso de que por cualquier circunstancia no sea posible cumplir con los requisitos mencionados, la prohibición de fumar será aplicable al total del inmueble, local o establecimiento.