Con el objetivo de inducir a que exista una mayor cantidad de mujeres que den a sus hijos leche materna mínimo durante los primeros seis meses, los diputados locales reformaron las leyes estatales de Salud y del Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, así como el Código Administrativo y la Ley de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes del Estado.
Actualmente a nivel nacional el tema de la lactancia materna es impulsado por las autoridades federales, estatales y municipales, en cuanto a la promoción y la coordinación que debe existir entre ellas.
A nivel estatal, ya se prevén disposiciones encaminadas al fomento de la lactancia materna, sin embargo, se estima que se deben quedar asentadas disposiciones que fortalezcan este hecho, dado a que está demostrado científicamente que esta alimentación, coadyuva en la disminución de enfermedades de los infantes.
Por lo anterior, los integrantes de la LXIV Legislatura, reformaron la fracción VI y adicionaron un párrafo segundo, del Artículo 67 de la Ley Estatal de Salud; así mismo, adicionaron un segundo párrafo a la fracción III del Artículo 6 de la Ley Estatal del Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
Además, reformaron Artículo 92 del Código Administrativo del Estado y adicionaron los párrafos primero y segundo a la fracción III del Artículo 56 de la Ley de los Derechos de las Niñas, Niñas y Adolescentes del Estado.