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Relaciones sexuales entre adolescentes y adultos no siempre son un delito: SCJN

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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que se debe ponderar si las y los adolescentes ejercieron libremente sus derechos sexuales en casos donde una persona mayor haya sostenido relaciones sexuales con ellos.

De acuerdo con una tesis publicada en el Semanario Judicial de la Federación del pasado 1 de marzo, en casos o señalamientos de agresión sexual en perjuicio de adolescentes, se debe “ponderar si pudo existir una situación de igualdad y libertad frente a la señalada como imputada”.

La Suprema Corte puntualizó que en ese caso que exista una situación de igualdad y libertad entre un adolescente y una persona adulta, se “justificaría el válido consentimiento de aquélla [el o la adolescente], pues en estas condiciones no se vulneraría el bien jurídico penal consistente en su sano y libre desarrollo sexual”.

En este sentido, el órgano judicial dijo que el sano y libre desarrollo sexual se da “cuando no existe una relación asimétrica de poder o cualquier otra condición de desigualdad que impidiera reconocer su consentimiento válido”.

Por ello, la SCJN pidió ponderar “el principio del interés superior de la persona adolescente”, por lo que actualizó “su derecho a que se les escuche, así como a ejercer su sexualidad de manera libre”.

También llamó al Estado a garantizar a los adolescentes acceso a un sistema integral de salud e información sobre sus derechos sexuales; así como ponderar los derechos de igualdad y libre desarrollo de la personalidad, sexual y reproductivos.

La tesis derivó de un amparo promovido por Rafael “P”, quien fue condenado a siete años de prisión, en 2013, por mantener relaciones sexuales con una menor de 15 años, cuando éste tenía 34 años.

En este caso, la sentencia se mantuvo, luego que un tribunal colegiado determinara que la diferencia de edades y la relación de poder entre ambos, Rafael “P” fue pareja de la madre de la menor, impedían establecer las condiciones de igualdad y consentimiento de la relación sexual.

Finalmente, la Corte puntualizó que cuando el afectado sea un infante, “siempre se configura el delito” de agresión sexual.

Fuente: SinEmbargo

México

Senado aprueba Ley General de Aguas en medio de acalorado debate y críticas de oposición

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El Senado mexicano aprobó este jueves, con 85 votos a favor y 36 en contra, el proyecto de decreto que expide la Ley General de Aguas y reforma diversas disposiciones de la Ley de Aguas Nacionales, en un contexto de creciente presión sobre los recursos hídricos del país por sequías, conflictos por concesiones, crecimiento urbano y alta demanda del sector agrícola.
La minuta fue remitida al Senado por la Cámara de Diputados, que la aprobó tras 24 horas de acaloradas discusiones. La iniciativa deriva de una propuesta de la presidenta Claudia Sheinbaum para regular el derecho humano al acceso, disposición y saneamiento del agua, así como priorizar su consumo humano y doméstico ante autorizaciones, permisos, concesiones y asignaciones del recurso.
El senador Óscar Cantón Zetina, de Morena, aseguró que el centro de este proyecto es la persona y no los grandes acaparadores de agua, pues se crea un trinomio virtuoso entre tierra, agua y gente. Afirmó que la legislación es la mayor aliada de los productores y campesinos de México, ya que elimina la visión mercantilista del agua y la regresa a su dueño legítimo, que es el pueblo de México.
La senadora del PAN, Verónica Rodríguez, señaló que esta reforma convierte el agua en un instrumento de manipulación política y electoral. Apuntó que le da al gobierno federal la posibilidad de decidir de manera discrecional quién mantiene su concesión, quién la pierde, a quién le reducen volúmenes de agua y a quién sí le permiten operar, lo que demuestra que es peligroso para la democracia, el campo, la seguridad alimentaria y las familias.
Carolina Viggiano, del PRI, advirtió que el proyecto no contó con estudios económicos ni presupuestales, no cuenta con análisis de impacto financiero y tampoco se asegura inversión para la infraestructura, operación ni vigilancia de los sistemas de agua. Además, señaló que no se consultó a los pueblos originarios.
Luis Donaldo Colosio, de Movimiento Ciudadano, indicó que los cambios abren la puerta a más control gubernamental sin contrapesos reales, a más trámites y a más incertidumbres para el campo mexicano. Afirmó que se concentran atribuciones en la Comisión Nacional del Agua sin reglas claras, crece el riesgo de arbitrariedad, corrupción, favoritismos y castigo político, además de que se crea incertidumbre en la asignación de derechos y volúmenes, lo que desincentiva la inversión, la tecnificación y frena proyectos.
La nueva Ley General de Aguas establece que las concesiones para el uso del vital líquido no podrán ser intercambiadas entre particulares, con la obligatoriedad de que sea la Conagua la que las distribuya de nuevo.
La discusión y aprobación en las Cámaras de Diputados y Senadores ocurre en un contexto donde el sector agrícola consume cerca del 75 por ciento del agua disponible para consumo en el país.

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