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Chihuahua

Reporta Chihuahua mayor número torturas de PF y Ejército

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) reportó que durante el actual sexenio se registraron 89 quejas contra elementos del Ejército, la Marina y la Policía Federal tan sólo por actos de tortura, mientras que los expedientes por tratos crueles, inhumanos y degradantes crecieron de 85 a mil 497.

De acuerdo con el reporte, Chihuahua es la entidad donde se reportó la mayor cantidad de quejas.

De 2006 al 31 de mayo de 2012, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) recibió 89 quejas contra elementos del Ejército, la Marina y la Policía Federal tan sólo por actos de tortura.

Al inicio del sexenio se presentaron 3 denuncias; en 2007, 7; en 2008, 15; en 2009, 19; en 2010, 11, y en 2011, 28. Hasta el quinto mes de este año se habían registrado 6.

En tanto, los expedientes por tratos crueles, inhumanos y degradantes crecieron de 85 a mil 497, según cifras del organismo obtenido vía transparencia.

A Chihuahua la siguen San Luis Potosí, Michoacán, Jalisco, Nuevo León, Baja California y Coahuila.

La Convención Internacional contra la Tortura define este delito como todo acto por el cual se inflija intencionalmente a una persona dolores o sufrimientos graves, ya sean físicos o mentales, con el fin de obtener información o una confesión o de castigarla por un acto que haya cometido o se sospeche que cometió.

De las 127 recomendaciones dirigidas a la Sedena por tortura y tratos crueles, sólo 10 fueron obedecidas en su totalidad. La PF cumplió una de 31, y la Marina, una de 22.  

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Chihuahua

Declara SCJN despenalización del aborto en Chihuahua

Chihuahua, Chih.- Los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declararon inconstitucionales varios artículos del Código Penal del Estado de Chihuahua que penalizaban el aborto, tras aprobar la acción de inconstitucionalidad 1/2024 presentada por la Primera Sala.

El ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá presentó el proyecto, el cual fue avalado con base en el amparo en revisión 666/2023, resuelto por la Primera Sala el 18 de octubre de 2023 con una mayoría de cuatro votos.

En dicha resolución, se determinó que los artículos 143, párrafos primero y segundo, y 145 del Código Penal de Chihuahua vulneran los derechos a la salud, la igualdad y la no discriminación de las mujeres y personas con capacidad de gestar.

Además, se estableció que estas disposiciones imponen la maternidad de manera obligatoria, lo que atenta contra el derecho de cada persona a definir su proyecto de vida y a disfrutar del mayor nivel de bienestar físico, mental y social, garantizando así su autonomía sobre la salud y el cuerpo, incluyendo la libertad sexual.

El amparo también subrayó la responsabilidad del Estado Mexicano de garantizar el derecho a la salud de mujeres y personas gestantes, brindando acceso a los mejores servicios de salud sexual y reproductiva, entendidos como un estado de bienestar integral y no solo como la ausencia de enfermedades.

Asimismo, se determinó que el artículo 146, fracción primera, es inconstitucional, ya que, aunque prevé excusas absolutorias, sigue considerando el aborto como delito, incluso cuando la interrupción del embarazo no fue consentida, como en casos de violación o inseminación artificial no autorizada. Esta normativa criminaliza a la mujer sin sancionar la conducta, lo que afecta negativamente su derecho a decidir.

Pese a la resolución, el Congreso del Estado no modificó ni derogó los artículos señalados como inconstitucionales, por lo que la Primera Sala solicitó al Pleno de la Corte emitir la declaratoria general de inconstitucionalidad, la cual entrará en vigor una vez que se notifique al órgano legislativo local.

Al tratarse de una materia penal, la declaratoria tendrá efectos retroactivos, beneficiando a mujeres y personas gestantes que estén bajo investigación, proceso o hayan sido sentenciadas por aborto, así como a los profesionales de la salud que hayan realizado interrupciones del embarazo con consentimiento.

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