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Chihuahua

Resultaron afectadas por las lluvias casi tres millones de personas en Chihuahua

Un total de dos millones 799 mil 522 personas resultaron afectadas ante las lluvias registradas durante el mes de julio y agosto, así lo notificó la Coordinación Estatal de Protección Civil.

Un total de dos millones 799 mil 522 personas resultaron afectadas ante las lluvias registradas durante el mes de julio y agosto, así lo notificó la Coordinación Estatal de Protección Civil.

Por medio de las reuniones semanales de la Mesa de Mando Único, de acuerdo al informe preliminar de evaluación de las diferentes dependencias, un total de 15 municipios fueron declarados en emergencia, 11 por desastre natural y 17 municipios afectados por lluvia severa.

El caso de Ojinaga fue particularmente afectado por tornado, declaración solicitada por el Gobernador del Estado, César Duarte Jáquez.

La población afectada es de 2 millones 799 mil 522 esto equivale al 82 por ciento de la población en el estado, sin embargo cabe destacar la rápida intervención de las dependencias federales que están encargadas de corroboración de los fenómenos como la C.N.A. y la agilidad en los trámites correspondientes de la Dirección General para la Gestión de Riesgos encabezada por el Lic. José María Tapia Franco y dirigida por el Coordinador General de Protección Civil Nacional el C. Luis Felipe Puente Espinosa.

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Chihuahua

Declara SCJN despenalización del aborto en Chihuahua

Chihuahua, Chih.- Los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declararon inconstitucionales varios artículos del Código Penal del Estado de Chihuahua que penalizaban el aborto, tras aprobar la acción de inconstitucionalidad 1/2024 presentada por la Primera Sala.

El ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá presentó el proyecto, el cual fue avalado con base en el amparo en revisión 666/2023, resuelto por la Primera Sala el 18 de octubre de 2023 con una mayoría de cuatro votos.

En dicha resolución, se determinó que los artículos 143, párrafos primero y segundo, y 145 del Código Penal de Chihuahua vulneran los derechos a la salud, la igualdad y la no discriminación de las mujeres y personas con capacidad de gestar.

Además, se estableció que estas disposiciones imponen la maternidad de manera obligatoria, lo que atenta contra el derecho de cada persona a definir su proyecto de vida y a disfrutar del mayor nivel de bienestar físico, mental y social, garantizando así su autonomía sobre la salud y el cuerpo, incluyendo la libertad sexual.

El amparo también subrayó la responsabilidad del Estado Mexicano de garantizar el derecho a la salud de mujeres y personas gestantes, brindando acceso a los mejores servicios de salud sexual y reproductiva, entendidos como un estado de bienestar integral y no solo como la ausencia de enfermedades.

Asimismo, se determinó que el artículo 146, fracción primera, es inconstitucional, ya que, aunque prevé excusas absolutorias, sigue considerando el aborto como delito, incluso cuando la interrupción del embarazo no fue consentida, como en casos de violación o inseminación artificial no autorizada. Esta normativa criminaliza a la mujer sin sancionar la conducta, lo que afecta negativamente su derecho a decidir.

Pese a la resolución, el Congreso del Estado no modificó ni derogó los artículos señalados como inconstitucionales, por lo que la Primera Sala solicitó al Pleno de la Corte emitir la declaratoria general de inconstitucionalidad, la cual entrará en vigor una vez que se notifique al órgano legislativo local.

Al tratarse de una materia penal, la declaratoria tendrá efectos retroactivos, beneficiando a mujeres y personas gestantes que estén bajo investigación, proceso o hayan sido sentenciadas por aborto, así como a los profesionales de la salud que hayan realizado interrupciones del embarazo con consentimiento.

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