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Ricardo Salinas Pliego arrinconado por deudas fiscales: tribunales lo obligan a pagar más de 7 mil millones al SAT

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La presión sobre Ricardo Salinas Pliego se intensifica. En tan solo unas semanas, el empresario ha recibido tres reveses judiciales que lo colocan contra las cuerdas: tribunales federales han confirmado que sus empresas deben al fisco mexicano más de 7 mil millones de pesos, principalmente por la omisión del Impuesto Sobre la Renta (ISR).

La resolución más reciente llegó esta semana por parte del Décimo Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa, el cual determinó que TV Azteca debe pagar 3 mil 500 millones de pesos en impuestos no cubiertos. Pero este no es un caso aislado: a finales de junio, el Segundo Tribunal Colegiado del Primer Circuito ordenó a Grupo Elektra —también propiedad de Salinas Pliego— pagar otros 2 mil millones de pesos por una omisión similar.

La tercera sentencia en contra fue emitida por el Décimo Tribunal Colegiado, también del Primer Circuito, respecto a adeudos de ISR correspondientes al ejercicio fiscal de 2012. Aunque la empresa intentó frenar el fallo con documentos legales, el tribunal desechó los argumentos y ratificó la deuda.

Este cúmulo de fallos no surgió de la nada. El litigio entre el empresario y el SAT tiene raíces que se remontan a 2009, y ha sido uno de los más prolongados y mediáticos en la historia fiscal del país. Hoy, los tribunales han cerrado filas y le exigen a Salinas Pliego que salde sus cuentas con Hacienda.

A pesar de que las resoluciones son consideradas firmes, aún le queda una última carta: acudir a la Suprema Corte de Justicia de la Nación. No obstante, ese camino legal sólo será posible a partir del 1 de septiembre, cuando el máximo tribunal retome sus actividades.

El panorama no es alentador para el magnate de Grupo Salinas, quien enfrenta no solo una crisis fiscal, sino también el escrutinio de la opinión pública y del propio gobierno federal.

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SAT aplicará ISR a extranjeros del Mundial 2026 en México

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Los jugadores, entrenadores y demás integrantes de las selecciones nacionales que participen en la Copa Mundial de la FIFA 2026 dentro de territorio mexicano deberán pagar impuestos por los ingresos que generen durante el torneo. La obligación aplica a personas extranjeras que ingresen al país para realizar actividades remuneradas, conforme a las reglas fiscales vigentes.

La recaudación estará a cargo del Servicio de Administración Tributaria, a través del pago del Impuesto Sobre la Renta. El sustento legal se encuentra en las disposiciones publicadas el 28 de diciembre de 2025 como parte de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2026, difundida en el Diario Oficial de la Federación.

De acuerdo con la normativa, los futbolistas residentes en el extranjero que jueguen partidos del Mundial en México deberán cumplir con reglas específicas diseñadas para el certamen. El cobro no será general, sino que se limitará a los ingresos vinculados con actividades realizadas en el país y derivados de su participación en la competencia internacional.

El artículo 170 de la Ley del Impuesto sobre la Renta establece que los deportistas residentes en el extranjero que obtengan ingresos por participar en espectáculos deportivos en México están sujetos a una tasa del 25 por ciento de ISR. Este impuesto se aplica únicamente sobre la parte del ingreso que corresponda a los partidos disputados en territorio nacional.

En contraste, los jugadores que residan físicamente en México no tendrán un tratamiento especial. En su caso, deberán pagar el ISR por el 100 por ciento de los ingresos que obtengan por su participación en la Copa del Mundo, conforme a la tarifa vigente.

En términos generales, los seleccionados extranjeros que jueguen el Mundial en México deberán cubrir el ISR por los ingresos generados durante el torneo, tanto por su pago por participar con su selección como por los premios en efectivo que obtengan.

Durante la fase de grupos del Mundial 2026 en México participarán las selecciones de México, Sudáfrica, Corea del Sur, Japón, Túnez, España, Uruguay y Colombia, además del ganador del Repechaje UEFA D y del Repechaje Intercontinental 1. Las disposiciones fiscales aplicarán únicamente a los ingresos vinculados con los encuentros disputados en el país.

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