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Chihuahua

Roberto Fierro, nuevo fiscal general del Estado.

El Congreso del Estado aprobó el nombramiento de Roberto Javier Fierro Duarte al frente de la Fiscalía General del Estado.

Fierro Duarte fue Jefe de Despacho durante dos años en el Gobierno municipal de Maru Campos. Caleb Ordoñez
Antes trabajó en el Instituto Nacional Electoral (INE) y en el Servicio de Administración Tributaria (SAT). Ahí estuvo 5 años como Administrador de Comercio Exterior.

Su experiencia en el área contiene haber sido secretario particular en la Dirección de la Colonia Penal Islas Mujeres. También fungió como asistente de la Subdirección Jurídica del Centro Federal de Readaptación Social número 1 de Almoloya de Juárez durante un año.

De acuerdo con el colegiado estatal, Fierro Duarte cumple los requisitos de elegibilidad constitucionales para ocupar la titularidad de la Fiscalía General del Estado. Esto le permitió tomar protesta este martes de manera formal al frente de la corporación investigadora.

¿Quién es el nuevo fiscal Roberto Fierro Duarte?

  • Licenciado en Derecho por el Tec de Monterrey.
  • Tiene diplomados, cursos y seminarios en: organización, planeación estratégica, investigación, inteligencia criminal, manejo de crisis, administración tributaria, lavado de dinero, comercio exterior y cooperación internacional.

Trayectoria:

  • Jefe del Despacho de la Presidencia Municipal de Chihuahua (2018-2021).
  • Subdirector en Procesos de Información del INE (2017-2018).
  • Administrador de Comercio Exterior en el Servicio de Administración Tributaria (SAT) (2009-2013).
  • Director de investigaciones en el SAT dentro del Órgano Interno de Control (2003-2009).
  • Secretario Particular de la Dirección de la Colonia Penal Federal Islas Marías (1998-1999).
  • Subdirección Jurídica en el Centro Federal de Readaptación Social No. 1 de Almoloya de Juárez (1998).
  • Fiscal General del Estado de Chihuahua(21 de septiembre del 2021-).
  • Supervisor Regional en Tamaulipas con la circunscripción territorial del Estado de Nuevo León, Tamaulipas y Coahuila.
  • Director de Área en la Secretaría de la Función Pública Supervisor Regional Tamaulipas.
  • Presidente de la Comisión Intersecretarial para la Coordinación Operativo en los puntos de Internación al Territorio Nacional.
  • Director del Bufete Jurídico en el Instituto Tecnológico de Monterrey, Campus Chihuahua.
  • Asesor Jurídico del Director del Centro Regional de cómputo del Instituto Federal Electoral en la Ciudad de Chihuahua.
  • Auxiliar Jurídico en la Notaría Pública No. 12, del Distrito Judicial Morelos de la Ciudad de Chihuahua.
  • Coordinador del servicio social del Instituto de Amparo y Derecho Coordinador Jurídico.

Chihuahua

Declara SCJN despenalización del aborto en Chihuahua

Chihuahua, Chih.- Los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declararon inconstitucionales varios artículos del Código Penal del Estado de Chihuahua que penalizaban el aborto, tras aprobar la acción de inconstitucionalidad 1/2024 presentada por la Primera Sala.

El ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá presentó el proyecto, el cual fue avalado con base en el amparo en revisión 666/2023, resuelto por la Primera Sala el 18 de octubre de 2023 con una mayoría de cuatro votos.

En dicha resolución, se determinó que los artículos 143, párrafos primero y segundo, y 145 del Código Penal de Chihuahua vulneran los derechos a la salud, la igualdad y la no discriminación de las mujeres y personas con capacidad de gestar.

Además, se estableció que estas disposiciones imponen la maternidad de manera obligatoria, lo que atenta contra el derecho de cada persona a definir su proyecto de vida y a disfrutar del mayor nivel de bienestar físico, mental y social, garantizando así su autonomía sobre la salud y el cuerpo, incluyendo la libertad sexual.

El amparo también subrayó la responsabilidad del Estado Mexicano de garantizar el derecho a la salud de mujeres y personas gestantes, brindando acceso a los mejores servicios de salud sexual y reproductiva, entendidos como un estado de bienestar integral y no solo como la ausencia de enfermedades.

Asimismo, se determinó que el artículo 146, fracción primera, es inconstitucional, ya que, aunque prevé excusas absolutorias, sigue considerando el aborto como delito, incluso cuando la interrupción del embarazo no fue consentida, como en casos de violación o inseminación artificial no autorizada. Esta normativa criminaliza a la mujer sin sancionar la conducta, lo que afecta negativamente su derecho a decidir.

Pese a la resolución, el Congreso del Estado no modificó ni derogó los artículos señalados como inconstitucionales, por lo que la Primera Sala solicitó al Pleno de la Corte emitir la declaratoria general de inconstitucionalidad, la cual entrará en vigor una vez que se notifique al órgano legislativo local.

Al tratarse de una materia penal, la declaratoria tendrá efectos retroactivos, beneficiando a mujeres y personas gestantes que estén bajo investigación, proceso o hayan sido sentenciadas por aborto, así como a los profesionales de la salud que hayan realizado interrupciones del embarazo con consentimiento.

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