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Dinero

SAT aplicará ISR a extranjeros del Mundial 2026 en México

Los jugadores, entrenadores y demás integrantes de las selecciones nacionales que participen en la Copa Mundial de la FIFA 2026 dentro de territorio mexicano deberán pagar impuestos por los ingresos que generen durante el torneo. La obligación aplica a personas extranjeras que ingresen al país para realizar actividades remuneradas, conforme a las reglas fiscales vigentes.

La recaudación estará a cargo del Servicio de Administración Tributaria, a través del pago del Impuesto Sobre la Renta. El sustento legal se encuentra en las disposiciones publicadas el 28 de diciembre de 2025 como parte de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2026, difundida en el Diario Oficial de la Federación.

De acuerdo con la normativa, los futbolistas residentes en el extranjero que jueguen partidos del Mundial en México deberán cumplir con reglas específicas diseñadas para el certamen. El cobro no será general, sino que se limitará a los ingresos vinculados con actividades realizadas en el país y derivados de su participación en la competencia internacional.

El artículo 170 de la Ley del Impuesto sobre la Renta establece que los deportistas residentes en el extranjero que obtengan ingresos por participar en espectáculos deportivos en México están sujetos a una tasa del 25 por ciento de ISR. Este impuesto se aplica únicamente sobre la parte del ingreso que corresponda a los partidos disputados en territorio nacional.

En contraste, los jugadores que residan físicamente en México no tendrán un tratamiento especial. En su caso, deberán pagar el ISR por el 100 por ciento de los ingresos que obtengan por su participación en la Copa del Mundo, conforme a la tarifa vigente.

En términos generales, los seleccionados extranjeros que jueguen el Mundial en México deberán cubrir el ISR por los ingresos generados durante el torneo, tanto por su pago por participar con su selección como por los premios en efectivo que obtengan.

Durante la fase de grupos del Mundial 2026 en México participarán las selecciones de México, Sudáfrica, Corea del Sur, Japón, Túnez, España, Uruguay y Colombia, además del ganador del Repechaje UEFA D y del Repechaje Intercontinental 1. Las disposiciones fiscales aplicarán únicamente a los ingresos vinculados con los encuentros disputados en el país.

Dinero

Prima vacacional 2026: así puedes calcular cuánto te corresponde

La prima vacacional es un pago adicional al salario que reciben las personas trabajadoras durante su periodo de vacaciones. Por ley, este concepto debe ser de al menos 25 por ciento del salario correspondiente a los días de descanso.

El artículo 80 de la Ley Federal del Trabajo establece este porcentaje mínimo, aunque algunas empresas pueden otorgar una prima mayor como parte de sus prestaciones laborales.

El monto que recibe cada trabajador puede variar, incluso entre personas con el mismo salario, debido principalmente a la antigüedad y al número de días de vacaciones que corresponden.

Desde la reforma conocida como Vacaciones Dignas, las personas trabajadoras tienen derecho a un mínimo de 12 días de vacaciones desde el primer año laboral. El periodo aumenta en dos días por cada año consecutivo hasta llegar a 20 días en el quinto año.

Para calcular la prima vacacional primero se obtiene el salario diario. Después, este se multiplica por los días de vacaciones correspondientes y por el 25 por ciento establecido como mínimo legal.

Por ejemplo, una persona con un salario mensual bruto de 15 mil pesos y dos años de antigüedad tiene derecho a 14 días de vacaciones.

El salario diario se obtiene al dividir los 15 mil pesos entre 30 días, lo que da 500 pesos.

Posteriormente, se multiplica el salario diario por los 14 días de vacaciones y por 0.25. El resultado es una prima vacacional de mil 750 pesos.

La prima debe aparecer desglosada en el recibo de nómina bajo el concepto correspondiente, junto con el monto y las retenciones aplicables.

En materia fiscal, la prima vacacional está exenta del Impuesto Sobre la Renta hasta el equivalente a 15 UMAs por año fiscal. Con una UMA de 117.31 pesos, el monto señalado es de mil 759.65 pesos. El excedente queda sujeto a la retención correspondiente.

Es importante distinguir entre las vacaciones pagadas y la prima vacacional. Las primeras corresponden a los días de descanso durante los cuales se conserva el salario, mientras que la segunda es el pago adicional equivalente, como mínimo, al 25 por ciento del salario correspondiente a esos días.

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