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México

SCJN impide a Lenia Batres votar en amparo de Salinas Pliego por publicaciones en X

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La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó, por unanimidad, que la ministra Lenia Batres Guadarrama está impedida para participar en la resolución del amparo en revisión 492/2023, promovido por el empresario Ricardo Salinas Pliego.

La decisión se basa en publicaciones previas de Batres en redes sociales, que evidencian una postura negativa hacia el empresario, lo que, según la Corte, compromete la imparcialidad del proceso.

¿Qué significa esta decisión?

Cuando un juez o ministro participa en un juicio, se espera que lo haga de manera neutral, sin prejuicios en favor o en contra de ninguna de las partes. Si hay evidencia de que una de las partes puede no recibir un trato justo, se puede solicitar que dicho juzgador sea retirado del caso.

En términos legales, esto se llama “impedimento” y busca garantizar la imparcialidad en la justicia.

En este caso, Salinas Pliego promovió un amparo para impugnar la facultad de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) de revisar su información bancaria sin una orden judicial. La ministra Batres había sido designada para revisar el caso, pero su imparcialidad fue cuestionada debido a comentarios previos en redes sociales donde criticaba públicamente al empresario y a sus empresas.

Las publicaciones que motivaron el impedimento

El comunicado de la SCJN citó varios mensajes de Batres en la plataforma X (antes Twitter), en los que se refirió a Salinas Pliego con términos despectivos y lo acusó de diversas prácticas irregulares. Algunas de las publicaciones destacadas incluyen:

  • En 2020, Batres señaló: “Salinas Pliego no atenta contra el gobierno, atenta contra la vida de los mexicanos. Exijo el retiro de la concesión a TV Azteca, URGENTE”.
  • En otra ocasión, mencionó: “¿Vale como disculpa pública? Ahora que Salinas Pliego pague los impuestos que debe al país y estamos a mano”.
  • También lo llamó “MISERABLE MISERABLE MISERABLE” en referencia a su actitud empresarial.

Estas expresiones fueron consideradas por la Segunda Sala como evidencia de “enemistad manifiesta”, un criterio legal que justifica el impedimento de un juez o ministra en un caso donde se pueda presumir parcialidad.

El principio de imparcialidad en la justicia

El artículo 17 de la Constitución mexicana establece que toda persona tiene derecho a un juicio imparcial. Esto significa que quienes administran justicia deben actuar sin prejuicios, garantizando que las decisiones judiciales se basen en los hechos y la ley, no en opiniones personales o conflictos previos.

La decisión de la SCJN refuerza este principio,asegurando que el caso de Salinas Pliego sea evaluado por un juez que no tenga antecedentes de opiniones públicas en su contra. Ahora, el caso deberá ser reasignado a otro ministro que pueda analizarlo sin estos cuestionamientos.

¿Qué sigue en el caso de Salinas Pliego?

Con la salida de Batres del caso, la SCJN deberá designar a otro ministro para revisar el amparo en revisión 492/2023. Este recurso es clave en la disputa entre el empresario y la UIF, ya que podría sentar un precedente sobre los alcances del acceso a información financiera sin orden judicial.

México

Sheinbaum aplaza felicitación por elección presidencial en Colombia

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La presidenta de México, Claudia Sheinbaum, afirmó que esperará al resultado definitivo de las elecciones presidenciales de Colombia antes de emitir una felicitación al candidato que resulte ganador, pese a que los datos preliminares otorgan una ligera ventaja a Aberlardo De la Espriella.

Durante su conferencia matutina de este lunes, la mandataria señaló que el proceso aún se encuentra en fase de conteo y que su gobierno mantendrá la misma postura que suele adoptar en procesos electorales internacionales.

“Vamos a esperar a que termine el conteo. Este es un conteo preliminar y, como siempre hacemos en México, esperamos a que ya venga el conteo definitivo”, expresó al ser cuestionada sobre los resultados de la jornada electoral en el país sudamericano.

De acuerdo con el conteo preliminar de la Registraduría de Colombia, con el 99.99 por ciento de las mesas contabilizadas, De la Espriella, del movimiento Defensores de la Patria, obtuvo 12 millones 959 mil 542 votos, equivalentes al 49.66 por ciento de la votación. Por su parte, Iván Cepeda, candidato del Pacto Histórico, alcanzó 12 millones 708 mil 712 sufragios, correspondientes al 48.70 por ciento.

La diferencia entre ambos contendientes es de 250 mil 830 votos, aunque el resultado aún debe ser confirmado mediante el escrutinio oficial en curso.

A diferencia de otros mandatarios internacionales, entre ellos Donald Trump, Javier Milei y Daniel Noboa, quienes ya expresaron felicitaciones a De la Espriella, Sheinbaum optó por esperar la conclusión formal del proceso electoral antes de pronunciarse sobre el resultado.

La semana pasada, la presidenta mexicana manifestó su deseo de que en Colombia “gane el pueblo”, aunque evitó respaldar públicamente a cualquiera de los aspirantes.

Asimismo, destacó la importancia de respetar la decisión de los ciudadanos colombianos y confió en que el proceso concluya con un desenlace favorable para la población de ese país.

Mientras tanto, Cepeda reconoció los resultados preliminares difundidos por la autoridad electoral, pero adelantó que su equipo impugnará 33 mil mesas de votación durante el escrutinio. En paralelo, el presidente colombiano, Gustavo Petro, denunció presuntas irregularidades en algunas casillas y sostuvo que todavía no puede determinarse quién será el próximo mandatario.

El resultado oficial de la elección será definido una vez concluya el escrutinio que actualmente realizan las autoridades electorales colombianas.

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