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Chihuahua

Se instalarán 5 casillas en la elección extraordinaria de Coyame del Sotol

El Consejo General aprobó durante la Quinta Sesión Extraordinaria el total de casillas a instalar para la Elección Extraordinaria en Coyame del Sotol la cual se llevará a cabo el próximo 24 de noviembre.

El número de casillas básicas y contiguas a instalar durante el día de la Jornada Electoral Extraordinaria será de 5 casillas, de las cuales 4 serán básicas y 1 contigua, con base en el estadístico de la Lista Nominal de electores con fotografía, con fecha de corte al 30 de abril de 2013.

Por otra parte, se consideró procedente la solicitud de sustitución del candidato propuesta por el Partido Acción Nacional, tras la renuncia del candidato a Presidente Suplente, Gonzalo González Garay ante la Asamblea Municipal de Coyame, en cuyo caso se acreditó el registro de Santiago Soto Corrales, para el mismo cargo de elección popular.

Finalmente se desechó el recurso de revisión IEE-RR-35/2013 interpuesto por la representación de la candidatura común celebrada entre los partidos políticos Revolucionario Institucional, Verde Ecologista de México y Nueva Alianza, en contra del acuerdo para la aprobación o negativa de registro de candidatos a miembro de ayuntamiento, presentado en relación con la inelegibilidad del candidato suplente del PAN, por haber quedado sin efecto ante la sustitución anteriormente señalada.

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Chihuahua

Declara SCJN despenalización del aborto en Chihuahua

Chihuahua, Chih.- Los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declararon inconstitucionales varios artículos del Código Penal del Estado de Chihuahua que penalizaban el aborto, tras aprobar la acción de inconstitucionalidad 1/2024 presentada por la Primera Sala.

El ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá presentó el proyecto, el cual fue avalado con base en el amparo en revisión 666/2023, resuelto por la Primera Sala el 18 de octubre de 2023 con una mayoría de cuatro votos.

En dicha resolución, se determinó que los artículos 143, párrafos primero y segundo, y 145 del Código Penal de Chihuahua vulneran los derechos a la salud, la igualdad y la no discriminación de las mujeres y personas con capacidad de gestar.

Además, se estableció que estas disposiciones imponen la maternidad de manera obligatoria, lo que atenta contra el derecho de cada persona a definir su proyecto de vida y a disfrutar del mayor nivel de bienestar físico, mental y social, garantizando así su autonomía sobre la salud y el cuerpo, incluyendo la libertad sexual.

El amparo también subrayó la responsabilidad del Estado Mexicano de garantizar el derecho a la salud de mujeres y personas gestantes, brindando acceso a los mejores servicios de salud sexual y reproductiva, entendidos como un estado de bienestar integral y no solo como la ausencia de enfermedades.

Asimismo, se determinó que el artículo 146, fracción primera, es inconstitucional, ya que, aunque prevé excusas absolutorias, sigue considerando el aborto como delito, incluso cuando la interrupción del embarazo no fue consentida, como en casos de violación o inseminación artificial no autorizada. Esta normativa criminaliza a la mujer sin sancionar la conducta, lo que afecta negativamente su derecho a decidir.

Pese a la resolución, el Congreso del Estado no modificó ni derogó los artículos señalados como inconstitucionales, por lo que la Primera Sala solicitó al Pleno de la Corte emitir la declaratoria general de inconstitucionalidad, la cual entrará en vigor una vez que se notifique al órgano legislativo local.

Al tratarse de una materia penal, la declaratoria tendrá efectos retroactivos, beneficiando a mujeres y personas gestantes que estén bajo investigación, proceso o hayan sido sentenciadas por aborto, así como a los profesionales de la salud que hayan realizado interrupciones del embarazo con consentimiento.

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