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Chihuahua

Se modifican requisitos para candidaturas independientes

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El Consejo Estatal del Instituto Estatal Electoral de Chihuahua (IEE), en su 34ª Sesión Extraordinaria, aprobó el acuerdo por el cual se da cumplimiento a sentencia del Tribunal Estatal Electoral (TEE), en referencia a los requisitos legales para ser candidato o candidata y el porcentaje de firmas de apoyo ciudadano.

En consecuencia, se modifican la convocatoria y formatos derivados de los Lineamientos de Candidaturas Independientes para el Proceso Electoral Local 2020-2021, en dos puntos señalados por la sentencia.

Uno de los requisitos de elegibilidad de candidaturas independientes, establecía que la persona interesada en contender por la vía independiente tenía que presentar un escrito, bajo protesta de decir verdad, de no ser ni haber sido presidente del comité ejecutivo nacional, estatal, municipal, dirigente, militante, afiliado o su equivalente, de un partido político, en los tres años anteriores al inicio del Proceso Electoral 2020-2021.
La sentencia instruye eliminar la porción de “no ser militante afiliado o similar”, a un partido político, por un lapso de 3 años previos.

Asimismo, se establece que, en el distrito con cabecera en Meoqui, se tendrá que reunir el 3% de firmas de apoyo ciudadano, y no el 4% que estaba previsto en los lineamientos originales.

Según los plazos y los términos de la convocatoria y lineamientos correspondientes, el primer paso para las ciudadanas y ciudadanos interesados es manifestar ante el órgano electoral su intención de participar y la documentación requerida.

Quienes deseen contender por la Gubernatura en la elección del 6 de junio de 2021, podrán presentar la manifestación de intención en el periodo del 8 de noviembre al 2 de diciembre de 2020, ante la Secretaria Ejecutiva del Instituto Estatal Electoral.

Para las elecciones de Diputaciones, Ayuntamientos y Sindicaturas, el periodo será del 22 de noviembre al 16 de diciembre, ante la Asamblea Distrital o Asamblea Municipal de este Instituto, que corresponda a la elección de que se trate.

En su manifestación de intención, deberán presentar: copia certificada del acta constitutiva de una asociación civil que tenga por objeto promover la candidatura independiente; copia simple del alta de la asociación civil ante el SAT; documentación que acredite la apertura de una cuenta bancaria a nombre de la asociación; escrito bajo protesta de decir verdad; copia simple legible del anverso y reverso de la credencial para votar; en su caso, escrito donde la persona aspirante manifieste su voluntad para que las comunicaciones sean realizadas electrónicamente; declaración patrimonial y de conflicto de intereses; declaración fiscal y formato de Aceptación de Registro.

El Consejo Estatal del IEE resolverá a más tardar el 9 de diciembre de 2020 sobre la calidad de aspirante al cargo de Gubernatura. Una vez obtenido este resolutivo, buscarán el apoyo ciudadano del 11 de diciembre de 2020 al 19 de enero de 2021.

Sobre la calidad de aspirantes a Diputaciones, integrantes de Ayuntamiento y Sindicaturas, el Consejo Estatal resolverá a más tardar el 26 de diciembre de 2020, y buscarán el apoyo ciudadano del 28 de diciembre de 2020 al 19 de enero de 2021.

Quienes actualmente ocupen un cargo de elección popular, derivado de la postulación de candidatura independiente, podrán postularse para la reelección con las mismas calidades con las que fueron electos. Para efectos de lo anterior, deberán seguir el procedimiento para adquirir la calidad de aspirante y, en su momento, obtener nuevamente el apoyo ciudadano.

Chihuahua

Aguinaldo debe pagarse a más tardar este 20 de diciembre, recuerda la STPS

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La Secretaría del Trabajo y Previsión Social informó que el próximo 20 de diciembre de 2025 es la fecha límite para que las y los trabajadores reciban el pago del aguinaldo correspondiente, de acuerdo con lo establecido en la Ley Federal del Trabajo. La dependencia llamó a las personas empleadoras a cumplir en tiempo y forma con esta obligación legal.

La autoridad laboral precisó que el aguinaldo equivale, como mínimo, a 15 días de salario por cada año laborado. En los casos en los que la persona trabajadora no haya cumplido un año completo de servicios, el pago deberá realizarse de manera proporcional al tiempo efectivamente trabajado durante el año.

El titular de la STPS, Diódoro José Siller Argüello, señaló que el incumplimiento de este derecho laboral, así como el pago incompleto o la entrega en especie, constituye una falta a la ley y puede derivar en sanciones y multas económicas para las personas empleadoras. Estas medidas se encuentran previstas en el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo.

Asimismo, se aclaró que el derecho al aguinaldo aplica para todas y todos los trabajadores, sin importar el tipo de contrato bajo el cual presten sus servicios. La obligación se mantiene tanto para contratos por tiempo determinado como indeterminado, así como para cualquier otra modalidad laboral reconocida por la ley.

Para quienes requieran orientación o asesoría gratuita sobre el pago del aguinaldo, la STPS puso a disposición los teléfonos de la Procuraduría Estatal de la Defensa del Trabajo al número (614) 429 33 00, extensiones 12155 y 24741. De igual forma, se puede solicitar apoyo en el Centro de Conciliación Laboral a través de las extensiones 26301 y 26303.

La dependencia también brinda atención presencial en el Palacio de Justicia Laboral, ubicado en la calle Allende número 901, en la colonia Centro, donde se ofrece información y acompañamiento a las personas trabajadoras que lo soliciten.

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