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Chihuahua

Se une Gobierno Municipal a «Febrero Mes de la Salud del Hombre»

El Gobierno Municipal, a través de la Dirección de Desarrollo Humano y Educación y la Subdirección de Atención a la Salud y Grupos Vulnerables se une a esta campaña, la cual a nivel nacional, busca prevenir enfermedades en la población masculina.

Estas acciones se enfocan en la prevención de cáncer de próstata, hipertensión, diabetes, enfermedades cardiovasculares, cáncer de testículo y todos aquellos padecimientos que puedan influir negativamente en la calidad de vida de la población masculina.

Al ser estas enfermedades de un alto costo económico y social, se invita a que todas las personas del sexo masculino para que acudan a su centro de salud más cercano para realizarse los exámenes indicados por su médico, recordando que no existe medicina más barata y de mejor calidad que la prevención.

De igual manera se recuerda que la Dirección de Desarrollo Humano y Educación pone a disposición dos clínicas en las cuales se podrán realizar estos exámenes, la Clínica “Lupita” al norte de la ciudad y la Clínica “Chanita” ubicada al sur.

Es necesario acudir a las oficinas de la dependencia, ubicadas en calles Libertad y 12 No.1012, en donde se podrán otorgar pases de atención en caso de no contar con algún servicio médico.

Chihuahua

Declara SCJN despenalización del aborto en Chihuahua

Chihuahua, Chih.- Los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declararon inconstitucionales varios artículos del Código Penal del Estado de Chihuahua que penalizaban el aborto, tras aprobar la acción de inconstitucionalidad 1/2024 presentada por la Primera Sala.

El ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá presentó el proyecto, el cual fue avalado con base en el amparo en revisión 666/2023, resuelto por la Primera Sala el 18 de octubre de 2023 con una mayoría de cuatro votos.

En dicha resolución, se determinó que los artículos 143, párrafos primero y segundo, y 145 del Código Penal de Chihuahua vulneran los derechos a la salud, la igualdad y la no discriminación de las mujeres y personas con capacidad de gestar.

Además, se estableció que estas disposiciones imponen la maternidad de manera obligatoria, lo que atenta contra el derecho de cada persona a definir su proyecto de vida y a disfrutar del mayor nivel de bienestar físico, mental y social, garantizando así su autonomía sobre la salud y el cuerpo, incluyendo la libertad sexual.

El amparo también subrayó la responsabilidad del Estado Mexicano de garantizar el derecho a la salud de mujeres y personas gestantes, brindando acceso a los mejores servicios de salud sexual y reproductiva, entendidos como un estado de bienestar integral y no solo como la ausencia de enfermedades.

Asimismo, se determinó que el artículo 146, fracción primera, es inconstitucional, ya que, aunque prevé excusas absolutorias, sigue considerando el aborto como delito, incluso cuando la interrupción del embarazo no fue consentida, como en casos de violación o inseminación artificial no autorizada. Esta normativa criminaliza a la mujer sin sancionar la conducta, lo que afecta negativamente su derecho a decidir.

Pese a la resolución, el Congreso del Estado no modificó ni derogó los artículos señalados como inconstitucionales, por lo que la Primera Sala solicitó al Pleno de la Corte emitir la declaratoria general de inconstitucionalidad, la cual entrará en vigor una vez que se notifique al órgano legislativo local.

Al tratarse de una materia penal, la declaratoria tendrá efectos retroactivos, beneficiando a mujeres y personas gestantes que estén bajo investigación, proceso o hayan sido sentenciadas por aborto, así como a los profesionales de la salud que hayan realizado interrupciones del embarazo con consentimiento.

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