Con el objetivo de reforzar la lucha contra el lavado de dinero y el financiamiento al crimen organizado y al terrorismo, la presidenta Claudia Sheinbaum presentó al Senado una iniciativa para acotar la suspensión provisional dentro del juicio de amparo en casos de bloqueo de cuentas bancarias ordenado por la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF).
En el proyecto de reforma a la Ley de Amparo, recibido este lunes en la Cámara Alta, la mandataria argumenta que el congelamiento y decomiso de bienes provenientes de actividades ilícitas son herramientas esenciales del Estado para prevenir y combatir operaciones con recursos de procedencia ilícita y su financiamiento.
De acuerdo con datos oficiales, del 1 de diciembre de 2018 al 1 de agosto de 2025 se han promovido 3 659 amparos contra la inclusión de personas en la lista de bloqueos de la UIF. En ese mismo periodo se otorgaron mil 407 suspensiones definitivas que permitieron desbloquear cuentas bancarias reclamadas. Esto ha tenido un impacto considerable: se han liberado recursos por 27 mil millones de pesos, equivalentes al 54.4% del total inicialmente inmovilizado. Solo en 2023 y 2024, las suspensiones permitieron desbloquear montos que representan 86.3% y 72.3% del total bloqueado, respectivamente.
Ante este panorama, la propuesta presidencial plantea que la Ley de Amparo establezca expresamente que existe perjuicio al interés social cuando, mediante la suspensión, se permite la continuación de actos u operaciones que puedan favorecer actividades ilícitas o dañar el sistema financiero. En esos casos, no procederá la suspensión provisional y las cuentas permanecerán bloqueadas hasta que concluya el juicio de amparo.
El proyecto, que modifica el artículo 129 de la Ley de Amparo, prevé excepciones para proteger recursos destinados al pago de salarios, obligaciones alimentarias decretadas por autoridad competente, créditos fiscales o hipotecarios de vivienda de uso propio, así como otros compromisos indispensables para la subsistencia del titular de la cuenta y de sus acreedores alimentarios.
La iniciativa también estipula que la suspensión definitiva solo será concedida si se acredita la licitud de los fondos, con el fin de ofrecer un margen de protección judicial cuando los recursos no provengan de actividades ilícitas. Asimismo, establece que la suspensión no procederá cuando obstaculice al Estado en el ejercicio de sus facultades sobre deuda pública.
El Senado recibirá formalmente la propuesta en su sesión del próximo miércoles y la turnará a comisiones para su análisis y dictaminación.