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SICT aclara: Uber no tiene permiso para operar en aeropuertos pese a fallo judicial

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La Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT) aclaró que las plataformas digitales como Uber no cuentan con autorización para ofrecer servicios de transporte en los aeropuertos del país, a pesar de que la empresa obtuvo una suspensión definitiva emitida por un juzgado federal.

En un comunicado difundido la noche del 29 de octubre, la dependencia explicó que la resolución judicial impide que los operativos de la Guardia Nacional sean arbitrarios o discriminatorios, pero no otorga a Uber permiso alguno para cargar pasajeros dentro de las terminales aéreas. Por tanto, los conductores no pueden realizar viajes con origen en los aeropuertos, aunque tampoco pueden ser detenidos ni sancionados por las autoridades.

La SICT subrayó que la suspensión judicial solo obliga a que los operativos se ajusten a la normatividad establecida en la Ley de Caminos y Puentes de Autotransporte Federal y su reglamento, sin modificar el estatus legal de las plataformas en zonas aeroportuarias.

El tema ha generado tensión particularmente en el Aeropuerto Internacional de Cancún, donde varios conductores de Uber han denunciado presuntos actos de hostigamiento por parte de elementos de la Guardia Nacional. La plataforma, por su parte, ha sostenido que sus usuarios pueden solicitar viajes desde cualquier aeropuerto del país y ha reiterado la necesidad de una reforma de movilidad que regule la operación de servicios de aplicación en estas zonas.

Mientras tanto, la SICT recordó a los usuarios que los únicos servicios autorizados para operar en los aeropuertos son los taxis concesionados, los autobuses de pasajeros y los servicios turísticos debidamente registrados.

México

Hacienda asegura que ajuste al IEPS no elevará el precio de las gasolinas

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La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en coordinación con la Secretaría de Energía, aseguró que la actualización al Impuesto Especial sobre Producción y Servicios no provocará incrementos en el precio final de los combustibles a partir del 1 de enero. Las dependencias federales señalaron que el ajuste anual por inflación, previsto en la ley, será absorbido sin afectar a los consumidores, por lo que se mantendrá la estabilidad en las estaciones de servicio del país.

De acuerdo con la información oficial, esta decisión se sustenta en la estrategia nacional para estabilizar el precio de la gasolina, vigente desde marzo de este año. El esquema contempla un acuerdo voluntario con empresarios del sector para establecer un tope máximo de 24 pesos por litro en la gasolina regular, conocida como magna o de menor a 91 octanos. El objetivo es evitar que las variaciones en los mercados internacionales de hidrocarburos impacten en la economía de las familias.

Las autoridades indicaron que el compromiso se mantendrá pese a la actualización del IEPS, por lo que el precio en bomba no deberá registrar cambios significativos al inicio de 2026. La administración federal subrayó que este mecanismo forma parte de una política para preservar la estabilidad económica y contener presiones inflacionarias en los energéticos.

En las cuotas publicadas en el Diario Oficial de la Federación se establece que el impuesto para la gasolina magna será de 6.70 pesos por litro, mientras que para la gasolina premium se fijó en 5.65 pesos y para el diésel en 7.36 pesos por litro. Hacienda precisó que estos montos responden únicamente a un ajuste técnico por inflación y no modifican los términos del acuerdo con los distribuidores de combustibles.

El gobierno federal informó que dará seguimiento puntual a los precios finales para verificar que se respete el tope acordado en las estaciones de servicio. Con ello, se busca despejar dudas sobre posibles aumentos al cierre de año y garantizar que el ajuste fiscal no se traduzca en un alza para los consumidores. Asimismo, se reiteró que cualquier cobro que supere los límites establecidos puede ser reportado ante la Procuraduría Federal del Consumidor.

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