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Chihuahua

Sin avanzar caso de discriminación en el Campestre

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Cuando firmaron su acta de matrimonio, no imaginaron que meses más tarde se convertirían en la primera pareja del mismo sexo en denunciar penalmente discriminación sexual en su estado natal.

“Desafortunadamente, nuestra denuncia es la primera que se representa en Chihuahua por el delito de discriminación a un matrimonio del mismo sexo”, dijo Carla, quien ganó el Premio Nacional al Merito Cívico 2012 por su labor altruista a niños con discapacidad visual y síndrome de Down.

En agosto de 2011, el matrimonio Herrera Aun acudió a la gerencia del Club Campestre de Chihuahua para solicitar la membresía familiar.

“Carla, quien ya es socia del club, le pidió a la presidencia del deportivo que afiliara a su cónyuge, cuando las autoridades del deportivo se percataron que se trataba de una mujer, y no de un hombre, les negaron ese derecho”, narró Ricardo Bucio, presidente del Consejo Nacional para Prevenir y la Discriminación.

Durante varios meses, Carla intentó convencer al consejo directivo del deportivo para que las admitieran como familia, pero lejos de obtener una respuesta favorable fueron víctimas, una y otra vez, de actos discriminatorios.

“Primero me propusieron que mi esposa entrara al club con una credencial de empleada doméstica con la que podía ingresar a las instalaciones para acompañar a nuestros hijos, pero con la que no podía usar las instalaciones para ejercitarse”, afirmó Herrera.

La pareja insistió y les recordó a los gerentes que no estaban respetando el reglamentó del club y que además cometían un delito al no reconocer su matrimonio efectuado legalmente en la Ciudad de México.

El pasado 16 de mayo, después de varios meses de diálogo, la empresa Club Campestre de Chihuahua SA de CV les envió una carta en la que rechaza tajantemente su petición. El escrito dice: “Dicha solicitud no procede, en virtud de que la misma no se ajusta a los principios y regulaciones propias de esta sociedad.”

“Llevaron el asunto al terreno de la moralidad y se convirtió en un acto discriminatorio, eso nos dolió muchísimo porque lo que estamos pidiendo es algo legal y nada más”, dijo la pareja que denunció lo ocurrido en el Conapred.

Durante dos meses, el consejo investigó el caso y el 30 de julio de 2012 determinó que la conducta de las autoridades del club es homofóbica y que produce odio al interior de sus instalaciones.

Ricardo Bucio, presidente del Conapred, intentó conciliar el conflicto con el presidente del deportivo Pedro Matías Ramírez Godínez, pero no obtuvo buenos resultados. “Cuando se abre una queja por discriminación se busca la reparación del daño, pero en este caso no ha sido posible, ya que no hay voluntad del club”, señaló.

Después de 14 meses de discusión, Carla y su esposa Lilia Victoria presentaron la denuncia penal por el delito de discriminación en contra de diversos directivos con la intención de que la Ministerio Público adscrita al Centro de Justicia para las Mujeres inicie las investigaciones.

“Los presuntos responsables de la comisión de discriminación son los señores Pedro Matías Ramírez Godínez, Eugenio Vázquez Quintana, Manuel Russek Valles e Ismael Rodríguez Gallegos, presidente, vicepresidente, secretario y ex presidente respectivamente de Campestre Chihuahua SC”, señala la denuncia presentada el pasado 15 de octubre.

“Nuestra intención no es perjudicar a nadie, simplemente lo que queremos es que se respeten nuestros derechos y que no nos discriminen por nuestra preferencia sexual y por estar legalmente casadas”, señaló Carla Herrera al momento de anunciar la denuncia.

Las quejas que más se registran en el Conapred son las relacionadas por discriminación sexual. Según Ricardo Bucio, este tipo de denuncias se incrementaron 95 por ciento durante los últimos tres años, tan solo en 2011 se documentaron más de 200 casos.

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Chihuahua

Aguinaldo debe pagarse a más tardar este 20 de diciembre, recuerda la STPS

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La Secretaría del Trabajo y Previsión Social informó que el próximo 20 de diciembre de 2025 es la fecha límite para que las y los trabajadores reciban el pago del aguinaldo correspondiente, de acuerdo con lo establecido en la Ley Federal del Trabajo. La dependencia llamó a las personas empleadoras a cumplir en tiempo y forma con esta obligación legal.

La autoridad laboral precisó que el aguinaldo equivale, como mínimo, a 15 días de salario por cada año laborado. En los casos en los que la persona trabajadora no haya cumplido un año completo de servicios, el pago deberá realizarse de manera proporcional al tiempo efectivamente trabajado durante el año.

El titular de la STPS, Diódoro José Siller Argüello, señaló que el incumplimiento de este derecho laboral, así como el pago incompleto o la entrega en especie, constituye una falta a la ley y puede derivar en sanciones y multas económicas para las personas empleadoras. Estas medidas se encuentran previstas en el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo.

Asimismo, se aclaró que el derecho al aguinaldo aplica para todas y todos los trabajadores, sin importar el tipo de contrato bajo el cual presten sus servicios. La obligación se mantiene tanto para contratos por tiempo determinado como indeterminado, así como para cualquier otra modalidad laboral reconocida por la ley.

Para quienes requieran orientación o asesoría gratuita sobre el pago del aguinaldo, la STPS puso a disposición los teléfonos de la Procuraduría Estatal de la Defensa del Trabajo al número (614) 429 33 00, extensiones 12155 y 24741. De igual forma, se puede solicitar apoyo en el Centro de Conciliación Laboral a través de las extensiones 26301 y 26303.

La dependencia también brinda atención presencial en el Palacio de Justicia Laboral, ubicado en la calle Allende número 901, en la colonia Centro, donde se ofrece información y acompañamiento a las personas trabajadoras que lo soliciten.

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