Chihuahua
Supera expectativa la asistencia de personas mayores de 60 años a la aplicación de la tercera dosis en Chihuahua
Con una gran afluencia, comenzó la aplicación de la tercera dosis de refuerzo de la vacuna contra COVID-19 AztraZeneca para personas mayores de 60 años en la ciudad de Chihuahua.
Cabe mencionar que cada día de la campaña, que durará cuatro días en la capital del estado, lunes 13, martes 14, miércoles 15 y jueves 16, se planea aplicar 20 mil 925 dosis para completar 83 mil 700 vacunas que se tienen contempladas en toda la jornada.
Por ello, es importante que las personas que se vayan a inocular asistan el día y la hora señalados para evitar aglomeraciones o problemas derivados por romper el orden establecido.
El día de hoy se atienden a las personas cuyo apellido paterno comienza con las letras A y B de 9:00 a 11: 00 horas, C y D, de las 11:00 a las 13:00 horas y de 13:00 a 15:00 horas E y F.
Mañana, martes 14 continúan las letras G y H de 9:00 a 11:00, I y J de 11:00 a 13:00, K y L de 13:00 a 15:00 horas, y el miércoles 15: M y N de 9:00 a 11:00, O y P de 11:00 a 13:00, Q y R de 13:00 a 15:00 horas.
El día jueves de 9:00 a 11:00, letras S y T, de 11:00 a 13:00 U, V y W, de 13:00 a 15:00 horas, X, Y y Z. Pueden acudir al punto de vacunación más cercano a su domicilio: Centro de Convenciones, Estadio de Beisbol (Deportiva Sur) y de acceso vehicular, el Campus nuevo de la UACh.
Los requisitos que deben presentar los candidatos a recibir este biológico son: comprobante de la segunda dosis, tener por lo menos seis meses de haberla recibido y el registro de mivacuna.salud.gob.mx.
Continúa vacunación en menores de 15 a 17 años en otros municipios
De la misma manera, el día de mañana comienza la aplicación de la primera dosis de la vacuna contra COVID-19 Pfizer BioNTech para adolescentes de 15 a 17 años en 23 municipios de la entidad.
Ojinaga, Coyame del Sotol, Manuel Benavides, Guerrero, Madera, Ocampo, Temósachic, Camargo, Jiménez, Julimes, Meoqui, La Cruz, Rosales, Saucillo, Ahumada, Riva Palacio, Cusihuiriachi, Ascención, Buenaventura, Galeana y Janos comienzan el martes 23. El miércoles 15 también se inicia esta jornada en San Francisco de Conchos y Matachi en donde continuará hasta el jueves 16.
Los requisitos para los menores son: tener entre 15 y 17 años cumplidos, sin excepciones, registro en mivacuna.salud.gob.mx, CURP del menor de edad, acta de nacimiento, identificación del padre, madre o tutor así como un comprobante de domicilio.
Chihuahua
Así ordenaron la aprehensión de César Jáuregui en Chihuahua
Un oficio atribuido al Poder Judicial de Chihuahua detalla los delitos por los que se habría autorizado la captura de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo.
Chihuahua, Chih.— Un documento atribuido al Poder Judicial del Estado de Chihuahua revela los términos de una resolución mediante la cual se habría ordenado la aprehensión de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo, por presuntos delitos relacionados con el ejercicio de funciones públicas.
El documento, identificado con el número de oficio 53095/2026, correspondiente a la causa penal 3055/2026, está dirigido a Anabel Amparán Delgado, agente del Ministerio Público adscrita a la Fiscalía General del Estado.
En el apartado de resolutivos aparece expresamente la instrucción de librar órdenes de aprehensión contra ambos señalados.
¿De qué se acusa a César Jáuregui?
Según el oficio, la resolución contempla dos señalamientos contra César Gustavo Jáuregui Moreno.
El primero corresponde a los delitos de ejercicio ilegal del servicio público y coalición, previstos en los artículos 253, fracción II, y 260 del Código Penal del Estado de Chihuahua, respectivamente. En este caso, se le señala como presunto coautor junto con Guillermo Arturo Zuany Portillo.
El segundo corresponde a otra hipótesis del delito de ejercicio ilegal del servicio público, prevista en la fracción IV del artículo 253 del mismo ordenamiento, por la cual se le atribuye la calidad de autor material.
Por su parte, Zuany Portillo también aparece señalado por el delito de falsedad ante autoridades con penalidad agravada, contemplado en el artículo 308 del Código Penal estatal.
¿Cómo se autorizó la orden de captura?
El documento establece que la autoridad judicial valoró los antecedentes de investigación expuestos por la Fiscalía en su solicitud de mandamiento de captura.
Tras esa valoración, el tribunal habría autorizado las órdenes de aprehensión y dispuesto la entrega de tres copias certificadas del oficio al Ministerio Público.
La resolución también señala que los imputados deberán recibir una copia al momento de su captura y ser puestos inmediatamente a disposición del tribunal correspondiente.
Lo que todavía falta por esclarecer
Aunque el documento describe los delitos atribuidos y las disposiciones judiciales para ejecutar las capturas, la imagen difundida no contiene los antecedentes completos de la investigación ni permite conocer los hechos específicos que habrían motivado las imputaciones.
Tampoco permite establecer si las órdenes continúan vigentes, si fueron ejecutadas o si existen determinaciones judiciales posteriores.
La autenticidad del oficio y la existencia de las órdenes de aprehensión requieren confirmación independiente ante el Poder Judicial del Estado de Chihuahua.
En cualquier caso, una orden de aprehensión no constituye una sentencia condenatoria y las personas señaladas conservan su presunción de inocencia.
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