Por unanimidad, el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló y declaró constitucional la evaluación magisterial, regulada a partir de la Reforma Educativa, tras revisar el primer amparo promovido por maestros sindicalizados que alegaban les eran vulnerados sus derechos humanos.
Los 11 ministros que integran el tribunal constitucional aprobaron, con diversas consideraciones y argumentos, el proyecto del ministro Fernando Franco González Salas que declaraba apegado a la Constitución el sistema de evaluación obligatoria para el ingreso, permanencia y promoción de los maestros al servicio del Estado mexicano.
Al resolver el Amparo en Revisión 295/2014 se concluyó que la Ley General del Servicio Profesional Docente no atenta contra la estabilidad laboral, pues se trata sólo de un requisito previsto en la Carta Magna, para este fin.
“En general y por unanimidad los 11 ministros consideramos que la disposición sí es constitucional, que no tiene el vicio de inconstitucionalidad desde cualquiera de los puntos de vista que se han analizado”, expresó el ministro presidente Luis María Aguilar.
En sus argumentos, los integrantes de la Corte coincidieron en que no asistía razón a los maestros inconformes con la evaluación pues, la Reforma Educativa sí respeta los derechos humanos y permite controlar la calidad del Servicio Profesional Docente.
“Los procesos de evaluación persiguen una finalidad constitucionalmente válida, sintéticamente, que es el mejoramiento de la calidad educativa. La medida es idónea porque la implementación de procesos de evaluación permite controlar la calidad del servicio docente en cuanto sirve para valorar los conocimientos precisamente del personal docente, de conformidad con los estándares de fuente nacional e internacional”, argumentó el ministro Juan Silva Meza.
Durante el debate, los ministros se trabaron en el punto relacionado a si los derechos laborales de los maestros, se encuentran por encima o al mismo nivel que el de los niños a recibir una educación de calidad por parte del Estado.
“Hay que priorizar las determinaciones en función de la calidad de la educación y del beneficio del interés de los menores, en particular de los niños, que son los sujetos fundamentales que como objetivo tiene esta reforma para darles una educación de mayor calidad”, reiteró el ministro ponente, Fernando Franco.
Se concluyó que la Constitución privilegia el interés superior de los menores y el derecho a una educación de calidad, lo anterior, por encima de la estabilidad laboral de los maestros.
“En el artículo que constitucionalmente está regulando precisamente este derecho de todos los mexicanos a la educación y ese derecho de todos los mexicanos a la educación, de excelencia… que se lleve a cabo con personas que tengan la capacidad para impartirla”, indicó la ministra Margarita Luna Ramos
El ministro José Ramón Cossío consideró que será la ley reglamentaria la que fijará criterios, términos y condiciones para la evaluación obligatoria para el ingreso, promoción, reconocimiento y permanencia en el servicio.
Imparable
El secretario de Educación Pública, Emilio Chuayffet, dejó en claro que continuarán garantizando el cumplimiento de los procesos de evaluación para el ingreso, la promoción y la permanencia del servicio profesional, en básica y media superior para el ciclo escolar 2015 y 2016.
Sobre el anuncio del 29 de mayo de la SEP que anunció la suspensión indefinida de las fechas publicadas para la realización de la evaluación y que quedó sin efecto el 8 de junio a través del comunicado 137, aseguró que no representó en ningún momento acto de molestia entre los participantes.
Excélsior