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¿Te quedaste sin credencial de elector? ¡Aún puedes votar!

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Lo que tienes que hacer es ir a cualquier módulo del IFE y solicitar una demanda de juicio para poder emitir el voto, ésto únicamente procederá si el tribunal electoral lo acepta.

Para interponer este juicio, lleva tu acta de nacimiento en original, un comprobante de domicilio y una identificación. El juicio es turnado al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, quien, en aproximadamente dos semanas, te dará una respuesta.

Si el Tribunal falla a favor te mandará el documento correspondiente, éste se quedaría en la casilla el día de las elecciones para que los funcionarios puedan justificar el voto.

Es muy importante señalar que con la resolución del Tribunal Electoral SÓLO podrás votar el 1 de julio, por lo que NO sirve como identificación oficial para otros trámites. Para evitar el mal uso de tu credencial, tienes que acudir al Ministerio Público y levantar un acta.

Si tienes otras dudas sobre este procedimiento, puedes hablar a IFETEL: 01 800 433 2000 y en Twitter:  @IFETEL

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Aguinaldo debe pagarse a más tardar este 20 de diciembre, recuerda la STPS

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La Secretaría del Trabajo y Previsión Social informó que el próximo 20 de diciembre de 2025 es la fecha límite para que las y los trabajadores reciban el pago del aguinaldo correspondiente, de acuerdo con lo establecido en la Ley Federal del Trabajo. La dependencia llamó a las personas empleadoras a cumplir en tiempo y forma con esta obligación legal.

La autoridad laboral precisó que el aguinaldo equivale, como mínimo, a 15 días de salario por cada año laborado. En los casos en los que la persona trabajadora no haya cumplido un año completo de servicios, el pago deberá realizarse de manera proporcional al tiempo efectivamente trabajado durante el año.

El titular de la STPS, Diódoro José Siller Argüello, señaló que el incumplimiento de este derecho laboral, así como el pago incompleto o la entrega en especie, constituye una falta a la ley y puede derivar en sanciones y multas económicas para las personas empleadoras. Estas medidas se encuentran previstas en el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo.

Asimismo, se aclaró que el derecho al aguinaldo aplica para todas y todos los trabajadores, sin importar el tipo de contrato bajo el cual presten sus servicios. La obligación se mantiene tanto para contratos por tiempo determinado como indeterminado, así como para cualquier otra modalidad laboral reconocida por la ley.

Para quienes requieran orientación o asesoría gratuita sobre el pago del aguinaldo, la STPS puso a disposición los teléfonos de la Procuraduría Estatal de la Defensa del Trabajo al número (614) 429 33 00, extensiones 12155 y 24741. De igual forma, se puede solicitar apoyo en el Centro de Conciliación Laboral a través de las extensiones 26301 y 26303.

La dependencia también brinda atención presencial en el Palacio de Justicia Laboral, ubicado en la calle Allende número 901, en la colonia Centro, donde se ofrece información y acompañamiento a las personas trabajadoras que lo soliciten.

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