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Chihuahua

¡Tome precauciones en el uso e instalación de calentones!

Gobierno del Estado, a través de la Coordinación Estatal de Protección Civil, exhorta a la población a tomar precauciones en la instalación y uso de calentones, así como a cuidar que las y los pequeños en casa no tengan contacto directo con calefactores, a fin de evitar accidentes.

Luis Corral Torresdey, titular de la dependencia estatal, señaló que es importante atender las recomendaciones que se emiten por parte de las autoridades en la materia, sobre medidas de prevención como mantener al menos una ventana abierta 10 centímetros cuando se utilizan calentones o calefacción, para que circule el aire; asimismo destacó la importancia de apagarlos al irse a dormir.

Indicó que en el caso de las estufas y anafres, nunca deben utilizarse para calentar la vivienda, y advirtió que el boiler o los calentadores de agua jamás deben instalarse al interior de los hogares, ya que puede generar intoxicación por monóxido de carbono.

Los síntomas de intoxicación son: dolor de cabeza, mareo, debilidad, náuseas y vómito, visión borrosa, pérdida de audición, desorientación, y fallo respiratorio, por lo que ante estos casos es necesario mantener la calma pero actuar rápido, apartarse del área, respirar aire fresco, apagar la fuente del monóxido de carbono, y llamar a emergencias al 9-1-1.

Como medida de prevención para el uso correcto de calentones: que la revisión del equipo se realice por parte de un técnico certificado al iniciar la temporada invernal; evitar colocar el tanque de gas en el interior del domicilio, o empotrado en el calentón, y no utilizar mangueras de plástico.

Se recomienda además cuidar que las y los menores no se acerquen al calentón; usar un regulador en el tanque de gas y revisar que no haya fugas; asimismo, abrir 10 centímetros una ventana en la habitación donde se instala el equipo; jamás irse a dormir con el calefactor o calefacción encendidos y no dejar cerca objetos inflamables.

Chihuahua

Declara SCJN despenalización del aborto en Chihuahua

Chihuahua, Chih.- Los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declararon inconstitucionales varios artículos del Código Penal del Estado de Chihuahua que penalizaban el aborto, tras aprobar la acción de inconstitucionalidad 1/2024 presentada por la Primera Sala.

El ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá presentó el proyecto, el cual fue avalado con base en el amparo en revisión 666/2023, resuelto por la Primera Sala el 18 de octubre de 2023 con una mayoría de cuatro votos.

En dicha resolución, se determinó que los artículos 143, párrafos primero y segundo, y 145 del Código Penal de Chihuahua vulneran los derechos a la salud, la igualdad y la no discriminación de las mujeres y personas con capacidad de gestar.

Además, se estableció que estas disposiciones imponen la maternidad de manera obligatoria, lo que atenta contra el derecho de cada persona a definir su proyecto de vida y a disfrutar del mayor nivel de bienestar físico, mental y social, garantizando así su autonomía sobre la salud y el cuerpo, incluyendo la libertad sexual.

El amparo también subrayó la responsabilidad del Estado Mexicano de garantizar el derecho a la salud de mujeres y personas gestantes, brindando acceso a los mejores servicios de salud sexual y reproductiva, entendidos como un estado de bienestar integral y no solo como la ausencia de enfermedades.

Asimismo, se determinó que el artículo 146, fracción primera, es inconstitucional, ya que, aunque prevé excusas absolutorias, sigue considerando el aborto como delito, incluso cuando la interrupción del embarazo no fue consentida, como en casos de violación o inseminación artificial no autorizada. Esta normativa criminaliza a la mujer sin sancionar la conducta, lo que afecta negativamente su derecho a decidir.

Pese a la resolución, el Congreso del Estado no modificó ni derogó los artículos señalados como inconstitucionales, por lo que la Primera Sala solicitó al Pleno de la Corte emitir la declaratoria general de inconstitucionalidad, la cual entrará en vigor una vez que se notifique al órgano legislativo local.

Al tratarse de una materia penal, la declaratoria tendrá efectos retroactivos, beneficiando a mujeres y personas gestantes que estén bajo investigación, proceso o hayan sido sentenciadas por aborto, así como a los profesionales de la salud que hayan realizado interrupciones del embarazo con consentimiento.

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