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Chihuahua

Tramita ya tu credencial ADIMSS

 

La Delegación del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) en Chihuahua, a través de la Jefatura de Prestaciones Económicas y Sociales, hace una invitación a todos los derechohabientes correspondientes a la Unidad de Medicina Familiar No. 55 que aún no tramitan la nueva credencial (ADIMSS) acudan al módulo establecido en el Valle de Buenaventura, ya que estará en la unidad hasta el 9 de junio.

La finalidad de la credencial es ir formando una base de datos con los documentos de cada derechohabiente, y esto, en un futuro hará que no tengan que estar llevando sus papeles, sino que todo trámite será llevado a cabo sólo con su credencial ADIMSS, logrando así brindar certeza jurídica y protección a los derechohabientes para recibir las correspondientes prestaciones y obtener el beneficio de atención médica. Por lo que es necesario que acudan a tramitarla durante estos días.

La credencial cuenta con una tecnología avanzada que impide su falsificación; sus beneficios van desde realizar consultas y trámites como verificar incapacidades a través de la página de internet del IMSS, hasta conocer sus semanas cotizadas, condiciones de aseguramiento y el salario con el que está registrado.

Por último se les recuerda que solo esta semana estará el módulo en el Valle de Buenaventura, ya que el 11 de junio empezará en Flores Magón a tramitar las credenciales.

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Chihuahua

Declara SCJN despenalización del aborto en Chihuahua

Chihuahua, Chih.- Los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declararon inconstitucionales varios artículos del Código Penal del Estado de Chihuahua que penalizaban el aborto, tras aprobar la acción de inconstitucionalidad 1/2024 presentada por la Primera Sala.

El ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá presentó el proyecto, el cual fue avalado con base en el amparo en revisión 666/2023, resuelto por la Primera Sala el 18 de octubre de 2023 con una mayoría de cuatro votos.

En dicha resolución, se determinó que los artículos 143, párrafos primero y segundo, y 145 del Código Penal de Chihuahua vulneran los derechos a la salud, la igualdad y la no discriminación de las mujeres y personas con capacidad de gestar.

Además, se estableció que estas disposiciones imponen la maternidad de manera obligatoria, lo que atenta contra el derecho de cada persona a definir su proyecto de vida y a disfrutar del mayor nivel de bienestar físico, mental y social, garantizando así su autonomía sobre la salud y el cuerpo, incluyendo la libertad sexual.

El amparo también subrayó la responsabilidad del Estado Mexicano de garantizar el derecho a la salud de mujeres y personas gestantes, brindando acceso a los mejores servicios de salud sexual y reproductiva, entendidos como un estado de bienestar integral y no solo como la ausencia de enfermedades.

Asimismo, se determinó que el artículo 146, fracción primera, es inconstitucional, ya que, aunque prevé excusas absolutorias, sigue considerando el aborto como delito, incluso cuando la interrupción del embarazo no fue consentida, como en casos de violación o inseminación artificial no autorizada. Esta normativa criminaliza a la mujer sin sancionar la conducta, lo que afecta negativamente su derecho a decidir.

Pese a la resolución, el Congreso del Estado no modificó ni derogó los artículos señalados como inconstitucionales, por lo que la Primera Sala solicitó al Pleno de la Corte emitir la declaratoria general de inconstitucionalidad, la cual entrará en vigor una vez que se notifique al órgano legislativo local.

Al tratarse de una materia penal, la declaratoria tendrá efectos retroactivos, beneficiando a mujeres y personas gestantes que estén bajo investigación, proceso o hayan sido sentenciadas por aborto, así como a los profesionales de la salud que hayan realizado interrupciones del embarazo con consentimiento.

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