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México

Una decena de liberaciones a más de un año de la Ley de Amnistía en México: ¿por qué ha fallado este mecanismo?

Más de un año después de la publicación de la Ley de Amnistía en México, que en el papel permitiría la excarcelación de personas vulnerables que cometieron delitos no violentos, menos de una decena de personas han sido liberadas.

La iniciativa del presidente Andrés Manuel López Obrador, que fue aprobada por el Congreso y publicada en el Diario Oficial de la Federación el 22 de abril de 2020, tenía entre sus principales objetivos ofrecer alternativas a personas en condiciones de pobreza y vulnerabilidad que fueron encarceladas por delitos no violentos, y en muchos casos, sin respetarse sus principios constitucionales.

Sin embargo, la falta de voluntad política, la deficiente gestión de la Comisión de Amnistía —a nivel federal— y la lenta aprobación de esta ley por parte de los Congresos locales han puesto en entredicho la promesa del Estado mexicano de ofrecer justicia a miles de ciudadanos privados de su libertad.

Delitos por amnistiar

La Ley de Amnistía a nivel federal contempla la liberación de mujeres que fueron encarceladas por abortar, así como de los médicos y enfermeras que realizaron el procedimiento.

La excarcelación también beneficia a personas que, en situación de pobreza y vulnerabilidad, consumieron drogas o participaron en una pequeña escala en el comercio. Este aspecto resultaba fundamental en el contexto de la guerra contra el narcotráfico, ya que era el reconocimiento tácito de que la actual política punitiva se enfoca en castigar a las personas de la escala más baja en el mercado de sustancias ilícitas.

La Ley de Amnistía también se enfoca en las personas pertenecientes a pueblos o comunidades indígenas que fueron encarceladas sin haber contado con un intérprete o defensor que tuviese conocimiento de su lengua y cultura. Además, en la legislación se procuró beneficiar a quienes cometieron robo simple y sin violencia.

Desde antes de asumir la Presidencia, López Obrador afirmó que buscaba liberar a los presos políticos en el país. Por tanto, la legislación contempla la amnistía para quienes cometieron el «delito de sedición«.

¿Qué ha pasado?

Mediante este mecanismo, se buscaba amnistiar a más de 5.000 personas sentenciadas o procesadas en México, un objetivo que ha quedado muy lejano. Hasta ahora, se tiene conocimiento de ocho personas a quienes se les concedió el trámite de libertad en todo el territorio.

La Secretaría de Gobernación (Segob) informó el pasado 22 de abril que se determinó otorgar los beneficios en 38 casos analizados por la Comisión de Amnistía en el fuero federal. No obstante, la decisión final la tienen los jueces federales, al ser el actor encargado de revisar las resoluciones y confirmar el otorgamiento de amnistía. De momento, los juzgadores han otorgado el trámite de liberación de cinco personas, aunque se desconoce si estos beneficiarios ya salieron de prisión ante la falta de información de la dependencia.

A más de un año de entrada en vigor de la legislación federal, solo cuatro Congresos estatales —Hidalgo, Estado de México, Sinaloa y Tlaxcala— han aprobado sus propias leyes de amnistía, lo que deja a miles de potenciales beneficiarios sin la posibilidad de acceder a las liberaciones, ya que el 86,89 % de las personas en prisión en el país fueron procesadas por delitos del fuero común y solo 13,11 % por crímenes del fuero federal.

Además de las cinco excarcelaciones otorgadas a nivel federal, el Poder Judicial del Estado de México ha concedido tres liberaciones, según un informe elaborado por el Observatorio de Amnistías.

«La obligación de la Secretaría de Gobernación era promover la Ley al interior de los estados, porque ya sabíamos que la mayor parte de los beneficiarios están en el fuero local. Por lo tanto, era necesario que esa reforma fuese adoptada y armonizada por los Congresos locales y se le encargó a la Secretaría de Gobernación que dirigiese esos esfuerzos», explica Daniela Malpica Neri, fundadora de la organización Justicia Transicional MX, en entrevista con RT.

Daniela Malpica Neri, fundadora de Justicia Transicional MX

Daniela Malpica Neri, fundadora de Justicia Transicional MX
La Ley de Amnistía es solamente un parche a estas injusticias. La solución real para evitar que estas personas vuelvan a caer en prisión, de manera injusta, es modificando los tipos penales.

La especialista en justicia también señala que el Congreso mexicano ha incumplido con su mandato de revisar los delitos en la Constitución que están incluidos en la Ley de Amnistía, ya que como en otras legislaciones similares que tienen un marco de tiempo y actuación limitado, únicamente otorga beneficios a las personas procesadas o encarceladas antes de su entrada en vigor.

Por lo tanto, si una mujer enfrenta un proceso penal por aborto después del 23 de abril de 2020, no puede ser beneficiaria de las preliberaciones. «La Ley de Amnistía es solamente un parche a estas injusticias. La solución real para evitar que estas personas vuelvan a caer en prisión, de manera injusta, es modificando los tipos penales, lo cual no se ha hecho», apunta Malpica Neri.

Laberinto burocrático

Las buenas intenciones detrás de la propuesta han chocado con la realidad mexicana. Organizaciones sociales y especialistas refieren que la Ley de Amnistía no ha tenido una adecuada implementación por la falta de publicidad y voluntad política; el deficiente y opaco mecanismo con el que operan la Comisión y la Secretaría Técnica; y la lenta aprobación de las leyes estatales, entre otras razones.

Hay dos vías para solicitar la amnistía: presentarla por escrito en las oficinas de la Secretaría Técnica de la Comisión (en la colonia Centro de Ciudad de México) o por vía electrónica.

La Ley establece que las personas privadas de su libertad pueden hacer su solicitud, pero en los hechos se les niega el acceso porque no tienen la posibilidad de acudir a entregar el documento en físico y no cuentan con acceso a internet para enviar el documento.

Además, como explica la organización Equis: Justicia para las Mujeres en un informeno existe un mecanismo en los centros penitenciarios para hacer el envío de sus solicitudes a la Comisión de Amnistía.

Aunque se faculta a los representantes legales para solicitar los beneficios, se ignora que las personas privadas de su libertad difícilmente pueden pagar un abogado, y en el caso de tener un defensor de oficio —garantizado por el Estado—, muchas veces no tienen comunicación o no les informan sobre la posibilidad de realizar el trámite, explica Equis.

Un tercer actor facultado para presentar las solicitudes son las relaciones por parentesco o afinidad, pero para muchas familias mexicanas es muy complejo visitar a sus seres queridos en prisión por falta de recursos económicos.

Especialistas también señalan que resulta muy difícil que personas que solicitaron los beneficios de esta legislación puedan hacer un seguimiento puntual del avance de sus casos. En concreto, desde el Observatorio de Amnistías critican que no existe una fuente de informacio?n pu?blica, perio?dica, de calidad y accesible para consultar el estado de las solicitudes recibidas por la Comisio?n.

No sabemos en qué momento se reciben las solicitudes, no hay certeza jurídica por parte de las personas que aplican o cuándo empieza a correr el término de los seis meses.

Además, la Ley estableció que la Comisión de Amnistía tendría un plazo máximo de cuatro meses —después fue modificado a seis meses— para revisar y resolver las solicitudes de las personas que se acogieron a esta legislación. Sin embargo, Malpica Neri señala que no existe certeza jurídica sobre el momento en que se reciben las solicitudes y cuándo es que comienza a correr el plazo máximo de seis meses para emitir una resolución.

«Los correos no contestan de recibido y si ibas físicamente tampoco se estaba firmando de recibida la similitud (…) Hay un tema de accesibilidad y de falta de certeza jurídica», señala Malpica Neri.

En tanto, en el caso de que los potenciales beneficiarios no reciban notificaciones sobre sus casos, la Ley de Amnistía estableció que «se considerará resuelto en sentido negativo».

Este aspecto es relevante por la opacidad con la que opera la Comisión de Amnistía, tanto en la falta de responsabilidad para revisar y fundamentar adecuadamente las solicitudes —incluso aquellas denegadas—, como en las afectaciones que tiene para las personas en prisión enfrentarse al laberinto burocrático, que puede negar en automático el beneficio de amnistía por la lenta operación institucional, ya que este mecanismo —que inició formalmente el 18 de junio de 2020— solo ha sesionado tres veces en once meses.

Solicitudes de amnistía

A través de solicitudes de información a la Secretaría de Gobernación, Equis tuvo conocimiento de un total de 653 personas —530 hombres y 123 mujeres— que solicitaron los beneficios de la amnistía, hasta el 24 de marzo de 2021.

De este total, en 483 casos las personas fueron investigadas, procesadas o sentenciadas por delitos contra la salud relacionados con narcóticos.

Por otra parte, se tiene registro de dos personas acusadas de robo simple que solicitaron ser amnistiados, mientras que una mujer imputada por el homicidio en razón de parentesco solicitó los beneficios de la legislación.

No va a haber una disminución de las violencias si no pasamos por ver lo que está sucediendo al interior de las prisiones y cómo podemos solucionar el tema de las personas injustamente presas y su reinserción.

De acuerdo con la información obtenida por Equis, unas 57 personas pertenecientes a comunidades indígenas tramitaron su solicitud de amnistía. Este número es relevante porque hasta ahora la Segob no ha informado a cuántas lenguas indígenas ha sido traducida la Ley, ni los medios en los que se ha difundido.

«Desde su aprobacio?n carecio? de un disen?o institucional acorde a un Estado plural como el mexicano», señaló Equis en su informe, tras criticar la falta de presupuesto pu?blico para difundir el material en lenguas indi?genas.

Tras más de un año de haber sido publicada, Malpica Neri lamenta que la Ley de Amnistía se ha quedado «huérfana».

«Es algo que nos debería interesar a todas y a todos, porque no va a haber una disminución de las violencias si no pasamos por ver lo que está sucediendo al interior de las prisiones y cómo podemos solucionar el tema de las personas injustamente presas, así como trabajar en su reinserción social», concluye la especialista.

 

Con información de RT.

México

Pone ‘El Mayo’ ultimátum: me repatrian o el colapso

Ismael «El Mayo» Zambada, líder de Cártel de Sinaloa, exigió al Gobierno de México que reclame a Estados Unidos su repatriación porque, de no hacerlo, la relación entre los dos países sufrirá un «colapso».

Juan Manuel Delgado González, asesor jurídico de Zambada en México, confirmó que la petición fue presentado ayer en el Consulado General de México en Nueva York un escrito al que tuvo acceso Grupo Reforma y donde Zambada exige que lo defienda el gobierno.

Debe intervenir (el gobierno) a fin de que el presente asunto no resulte en un colapso en la relación bilateral entre ambos países, puesto que no se debe de perder de vista la irregular e ilegal manera en que el suscrito fui puesto a disposición de las autoridades de los Estados Unidos de América».

En julio del 2024, Zambada fue engañado por Joaquín Guzmán López, hijo de «El Chapo» Guzmán, fue secuestrado para llevarlo a Texas donde enfrenta cargos por delincuencia organizada, homicidio, narcotráfico en gran escala y lavado de dinero, entre otros.

En la solicitud de asistencia consular, el capo señala que si no se interviene en favor de sus derechos, políticos y funcionarios mexicanos también pueden ser secuestrados y trasladados ilegalmente al país vecino.

Por lo anterior, expresa que la respuesta del Estado mexicano «no es opcional», porque tiene la obligación ineludible de defenderlo.

«Si el Gobierno de México no actúa, el suscrito seré condenado a pena de muerte sin lugar a ninguna duda y además esto constituirá un precedente peligroso que permitiría que en cualquier momento cualquier gobierno extranjero pudiera de manera impune violentar nuestro territorio y soberanía, interviniendo para la detención de cualquier persona, incluso políticos o funcionarios del Gobierno, para ser trasladados a la jurisdicción norteamericana sin que nada suceda», manifiesta.

«Exijo y demando que el Estado mexicano cumpla con su obligación ineludible de intervenir de manera inmediata, contundente y sin margen de discrecionalidad para exigir formalmente a los Estados Unidos de América garantías y seguridades absolutas, plenas, vinculantes e irrevocables de que no se me impondrá ni se ejecutará la pena de muerte en su jurisdicción. Esta exigencia no es opcional, ni puede ser interpretada como una cuestión de oportunidad política o diplomática».

El documento firmado por Zambada advierte que, de no haber una exigencia categórica y formal de sus garantías, «constituiría una traición al sistema jurídico mexicano» y al deber del Estado de garantizar la seguridad de sus ciudadanos, sin excepción alguna.

«En este contexto, en cuanto hace a mi asunto en particular, resulta una obligación del Estado Mexicano: presentar una protesta formal ante las autoridades estadounidenses, señalando la violación del Tratado (de México y Estados Unidos para prohibir los secuestros transfronterizos) y exigiendo el respeto a la soberanía mexicana y al debido proceso legal», señala.

Solicitar la repatriación inmediata de mi persona, argumentando que mi traslado fue ilegal y que cualquier proceso judicial en mi contra debe llevarse a cabo en México, conforme a las leyes nacionales y los acuerdos internacionales vigentes».

En una parte de su escrito, el líder del Cártel de Sinaloa requiere al Gobierno de México para que pida a los estadounidenses un informe detallado de las circunstancias de su secuestro y traslado, identificando quiénes permitieron su entrada a la Unión Americana y bajo qué base legal.

También, que le informen la identidad de las personas involucradas en su traslado, tanto del lado estadounidense como del lado mexicano.

La razón por la que alega que el Gobierno federal debe exigir la cancelación del proceso al que está sometido en Nueva York, es precisamente porque el procedimiento tiene como origen su secuestro y traslado ilegal a la Unión Americana.

«Esta exigencia no es una cuestión discrecional ni sujeta a consideraciones políticas o diplomáticas», dice.

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