Conecta con nosotros

Chihuahua

Vacaciones de una semana para estudiantes de 3° y 4° de primaria

 

Por disposiciones de la Secretaría de Educación Pública federal la próxima semana los alumnos de los grados tercero y cuarto de primaria en la entidad no tendrán actividades escolares, mientras que el resto de los estudiantes acudirán normalmente a sus clases.

La medida es parte de las labores programadas de capacitación y actualización a los docentes de este nivel, dentro del proceso de la Reforma Integral a la Educación Básica, (RIEB).

De esta forma, los días 21 al 25 de mayo, los maestros y maestras de tercero y cuarto de primaria, estarán participando en una semana de capacitación sobre el Segundo Módulo de Generalización de la RIEB.

En dicho lapso las profesoras y profesores de tercero y cuarto año recibirán 40 horas de capacitación, en un horario de 8:00 a 16:00 horas diarias.

Una segunda fase de esta capacitación se tiene además contemplada para llevarse a cabo el próximo mes de junio, en condiciones similares.

El proceso de Reforma Integral de la Educación Básica en el país, ha generado distintas etapas y formas de capacitación al magisterio en servicio.

Lo anterior con el fin de orientar y fortalecer el conocimiento e implementación de los cambios curriculares que plantea el nuevo modelo educativo en nuestro país, basado sobre todo en la educación por competencias.

Ante esto, una de las acciones realizadas es el Diplomado de Generalización de la RIEB, que en su última etapa contempla ahora a los docentes de los dos grados antes señalados, con lo que se concluye todas las fases de capacitación para la totalidad de los maestros de primaria en Chihuahua.

En ese esquema de actividades, se ha ido atendiendo de manera escalonada a la población magisterial, para generar una implementación progresiva de la RIEB, por lo que primero se atendió la capacitación de los maestros de 1º y 6º grados, a partir del año 2008.

Posteriormente en los siguientes ciclos escolares se continuó con los docentes de 2º y 5º año, para culminar en el actual periodo lectivo con los de 3º y 4º año.
Al respecto la estructura educativa en la entidad ha previsto que no se alteren de manera importante los procesos educativos normales que se realizan hacia el final del ciclo escolar 2011-2012 en el estado de Chihuahua.

De igual forma la Secretaría de Educación, Cultura y Deporte en el estado, reitera que el resto del alumnado de las escuelas primarias, asistirá de manera normal y ordinaria a sus actividades escolares.

 

Clic para comentar

You must be logged in to post a comment Login

Leave a Reply

Chihuahua

Declara SCJN despenalización del aborto en Chihuahua

Chihuahua, Chih.- Los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declararon inconstitucionales varios artículos del Código Penal del Estado de Chihuahua que penalizaban el aborto, tras aprobar la acción de inconstitucionalidad 1/2024 presentada por la Primera Sala.

El ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá presentó el proyecto, el cual fue avalado con base en el amparo en revisión 666/2023, resuelto por la Primera Sala el 18 de octubre de 2023 con una mayoría de cuatro votos.

En dicha resolución, se determinó que los artículos 143, párrafos primero y segundo, y 145 del Código Penal de Chihuahua vulneran los derechos a la salud, la igualdad y la no discriminación de las mujeres y personas con capacidad de gestar.

Además, se estableció que estas disposiciones imponen la maternidad de manera obligatoria, lo que atenta contra el derecho de cada persona a definir su proyecto de vida y a disfrutar del mayor nivel de bienestar físico, mental y social, garantizando así su autonomía sobre la salud y el cuerpo, incluyendo la libertad sexual.

El amparo también subrayó la responsabilidad del Estado Mexicano de garantizar el derecho a la salud de mujeres y personas gestantes, brindando acceso a los mejores servicios de salud sexual y reproductiva, entendidos como un estado de bienestar integral y no solo como la ausencia de enfermedades.

Asimismo, se determinó que el artículo 146, fracción primera, es inconstitucional, ya que, aunque prevé excusas absolutorias, sigue considerando el aborto como delito, incluso cuando la interrupción del embarazo no fue consentida, como en casos de violación o inseminación artificial no autorizada. Esta normativa criminaliza a la mujer sin sancionar la conducta, lo que afecta negativamente su derecho a decidir.

Pese a la resolución, el Congreso del Estado no modificó ni derogó los artículos señalados como inconstitucionales, por lo que la Primera Sala solicitó al Pleno de la Corte emitir la declaratoria general de inconstitucionalidad, la cual entrará en vigor una vez que se notifique al órgano legislativo local.

Al tratarse de una materia penal, la declaratoria tendrá efectos retroactivos, beneficiando a mujeres y personas gestantes que estén bajo investigación, proceso o hayan sido sentenciadas por aborto, así como a los profesionales de la salud que hayan realizado interrupciones del embarazo con consentimiento.

Continuar Leyendo
Publicidad
Publicidad
Publicidad

Más visto