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Chihuahua

Vamos ganando por 12 puntos, pero aun así debemos redoblar esfuerzos: Equipo Madero

El equipo de campana de Gustavo Madero en rueda de prensa informó que según una encuesta realizada a los 8 mil 400 militantes de Chihuahua, el 56% optan por esta opción y el 44% a la propuesta de Ernesto Cordero, lo que significa que va 12 puntos arriba, informó Mario Mata el coordinador estatal de la campana.

El equipo de campana de Gustavo Madero en rueda de prensa informó que según una encuesta realizada a los 8 mil 400 militantes de Chihuahua, el 56% optan por esta opción y el 44% a la propuesta de Ernesto Cordero, lo que significa que va 12 puntos arriba,  informó Mario Mata el coordinador estatal de la campana.

Esto se debe a que tenemos una campana propositiva ademas de que es la primera vez que la militancia podrá elegir a su dirigente nacional, por eso hablar de una reelección no es así, porque esto es diferente.

Ademas que se tiene una instrucciónmuy clara, de no caer en guerra de declaraciones, porque en el PAN somos una familia y en la familia no se ataca, porque eso sería lacerar la institución, por lo cual seguiremos en un campana propositiva para beneficiar al partido y no todo lo contrario. 

Durante el evento estuvieron presentes la ex senadora Teresa Ortu;o, el ex alcalde Juan Blanco, la diputada Ana Gómez Licon, el diputado Cesar jauregui, así como otras personalidades panistas.

Redacción: Corina Muruato

campana madero

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Declara SCJN despenalización del aborto en Chihuahua

Chihuahua, Chih.- Los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declararon inconstitucionales varios artículos del Código Penal del Estado de Chihuahua que penalizaban el aborto, tras aprobar la acción de inconstitucionalidad 1/2024 presentada por la Primera Sala.

El ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá presentó el proyecto, el cual fue avalado con base en el amparo en revisión 666/2023, resuelto por la Primera Sala el 18 de octubre de 2023 con una mayoría de cuatro votos.

En dicha resolución, se determinó que los artículos 143, párrafos primero y segundo, y 145 del Código Penal de Chihuahua vulneran los derechos a la salud, la igualdad y la no discriminación de las mujeres y personas con capacidad de gestar.

Además, se estableció que estas disposiciones imponen la maternidad de manera obligatoria, lo que atenta contra el derecho de cada persona a definir su proyecto de vida y a disfrutar del mayor nivel de bienestar físico, mental y social, garantizando así su autonomía sobre la salud y el cuerpo, incluyendo la libertad sexual.

El amparo también subrayó la responsabilidad del Estado Mexicano de garantizar el derecho a la salud de mujeres y personas gestantes, brindando acceso a los mejores servicios de salud sexual y reproductiva, entendidos como un estado de bienestar integral y no solo como la ausencia de enfermedades.

Asimismo, se determinó que el artículo 146, fracción primera, es inconstitucional, ya que, aunque prevé excusas absolutorias, sigue considerando el aborto como delito, incluso cuando la interrupción del embarazo no fue consentida, como en casos de violación o inseminación artificial no autorizada. Esta normativa criminaliza a la mujer sin sancionar la conducta, lo que afecta negativamente su derecho a decidir.

Pese a la resolución, el Congreso del Estado no modificó ni derogó los artículos señalados como inconstitucionales, por lo que la Primera Sala solicitó al Pleno de la Corte emitir la declaratoria general de inconstitucionalidad, la cual entrará en vigor una vez que se notifique al órgano legislativo local.

Al tratarse de una materia penal, la declaratoria tendrá efectos retroactivos, beneficiando a mujeres y personas gestantes que estén bajo investigación, proceso o hayan sido sentenciadas por aborto, así como a los profesionales de la salud que hayan realizado interrupciones del embarazo con consentimiento.

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