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Chihuahua

Vecinos de la colonia 2 de octubre se reúnen con Marco Adán Quezada

Con el objetivo de mantener un acercamiento más directo y escuchar sus inquietudes, el aspirante a la alcaldía por la coalición “Juntos haremos Historia”, Marcó Adán Quezada, sostuvo un encuentro con vecinos de la colonia 2 de octubre y con la comunidad cristiana perteneciente a la congregación del Pastor Luciano Vargas.

Además de Marco Quezada, también fueron convocados por los vecinos el suplente José Fajardo, el candidato a la diputación federal por el 8o. distrito Fernando Tiscareño, Leticia Rascón Olivas aspirante a regidora, Eloisa Enríquez Rodríguez, líder de la colonia Robinsson, José Ramírez González, “La Borrita” representante de la 2 de octubre y vecinos de la colonia Rubén Jaramillo.

Durante la reunión, los líderes y asistentes le expusieron a Marco Quezada y a los otros invitados, los problemas por los que atraviesa su sector, como la falta de pavimentación, la necesidad del drenaje y la urgencia de pavimentar la calle privada 15 de enero, obra que fue solicitada a la anterior administración y que no se ha cumplido. Además denunciaron que en la colonia Rubén Jaramillo, no tienen luz, agua y drenaje.

Por su parte Marco Adán Quezada agradeció la invitación de los vecinos y aseguró que sin duda sus inquietudes serán parte fundamental para integrar su plan de gobierno que de acuerdo a las fechas y respetuoso de los tiempos electorales estará presentando como propuesta una vez iniciada campaña.

Chihuahua

Declara SCJN despenalización del aborto en Chihuahua

Chihuahua, Chih.- Los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declararon inconstitucionales varios artículos del Código Penal del Estado de Chihuahua que penalizaban el aborto, tras aprobar la acción de inconstitucionalidad 1/2024 presentada por la Primera Sala.

El ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá presentó el proyecto, el cual fue avalado con base en el amparo en revisión 666/2023, resuelto por la Primera Sala el 18 de octubre de 2023 con una mayoría de cuatro votos.

En dicha resolución, se determinó que los artículos 143, párrafos primero y segundo, y 145 del Código Penal de Chihuahua vulneran los derechos a la salud, la igualdad y la no discriminación de las mujeres y personas con capacidad de gestar.

Además, se estableció que estas disposiciones imponen la maternidad de manera obligatoria, lo que atenta contra el derecho de cada persona a definir su proyecto de vida y a disfrutar del mayor nivel de bienestar físico, mental y social, garantizando así su autonomía sobre la salud y el cuerpo, incluyendo la libertad sexual.

El amparo también subrayó la responsabilidad del Estado Mexicano de garantizar el derecho a la salud de mujeres y personas gestantes, brindando acceso a los mejores servicios de salud sexual y reproductiva, entendidos como un estado de bienestar integral y no solo como la ausencia de enfermedades.

Asimismo, se determinó que el artículo 146, fracción primera, es inconstitucional, ya que, aunque prevé excusas absolutorias, sigue considerando el aborto como delito, incluso cuando la interrupción del embarazo no fue consentida, como en casos de violación o inseminación artificial no autorizada. Esta normativa criminaliza a la mujer sin sancionar la conducta, lo que afecta negativamente su derecho a decidir.

Pese a la resolución, el Congreso del Estado no modificó ni derogó los artículos señalados como inconstitucionales, por lo que la Primera Sala solicitó al Pleno de la Corte emitir la declaratoria general de inconstitucionalidad, la cual entrará en vigor una vez que se notifique al órgano legislativo local.

Al tratarse de una materia penal, la declaratoria tendrá efectos retroactivos, beneficiando a mujeres y personas gestantes que estén bajo investigación, proceso o hayan sido sentenciadas por aborto, así como a los profesionales de la salud que hayan realizado interrupciones del embarazo con consentimiento.

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