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México

Vinculan a proceso y dan prisión preventiva a Borge

Un juez de control federal vínculó a proceso al ex gobernador de Quintana Roo, Roberto «N» por el delito Federal de operaciones con recursos de procedencia ilícita, en su modalidad de ocultar o pretender ocultar bienes de territorio mexicano con conocimiento que estos proceden de una actividad ilícita. Además dictó prisión preventiva justificada en el Centro Federal de Rehabilitación Psicosocial número 16 de Ayala Morelos tomando en consideración su estado de salud.

Durante la audiencia inicial de 14 horas que se realizó en el Centro de Justicia Penal Federal con residencia en Nezahualcóyotl, el juez de control José Artemio Zúñiga señaló que en el CEFERESO 16 el ex mandatario podrá ser atendido de una profundidad y severa depresion y ansiedad, problemas renales, así como síndrome de vaso vagal que argumentó su defensa legal.

Luego de que los representantes del Ministerio Público de la Federación expusiera los datos de prueba durante más de cinco horas, el juez de control, José Artemio Zúñiga le preguntó al ex mandatario que si quería que resolver su situación jurídica en 72 o 144 horas, que lo consultara con sus abogados.

Sin embargo Borge Angulo respondió que el juez decidiera hoy si lo vincularía o no a proceso.

Durante la diligencia inicial que se realiza en este centro de Justicia, la autoridad ministerial señaló que estas actividades ilícitas se realizaban desde abril de 2011 a septiembre de 2016, período en el que Roberto «N» fue gobernador de la entidad.

Al exponer los 86 datos de prueba en 30 tomos los fiscales argumentaron que Borge actuó en coautoría con familiares, entre ellos su madre, y círculo cercano para nombrar Claudia Romanillos Villanueva, directora del Instituto del Patrimonio Inmobiliario a fin de adquirir 22 predios localizados en Tulum, Benito Juárez, Islas Mujeres entre otros a través de testaferros y empresas fachadas.

Estos predios, de acuerdo a las autoridades, primero fueron adquiridos y después vendidos en 238 millones 790 mil 121.98, cuando su valor real era de mil 138 millones 889 mil 540.15. Es decir hubo un quebranto de 900 millones 99 mil 418.17 pesos, esto equivale al presupuesto anual de 2017 para el pago de nomina del personal de Fuerzas armadas.

El desfalco es equivalente al presupuesto anula de 2017 para el pago de nómina de todos los integrantes de las fuerza armadas.

Empero sólo comprobaron que de los 22 predios, pretendieron ocultar tres transacciones por las empresas fachada. Las 19 restantes fueron aseguradas.

Estos fueron adquiridos y después vendidos también a un costo de 17 millones 357 mil 455.88 cuando el valor real era de 129 millones 235 mil 235, es decir una diferencia de 111 millones 877 mil 759 pesos de quebranto.

Ademas agredieron que Roberto «N», ideó estructuró y ejecutó el plan de enajenación de los 22 terrenos cuya superficie equivale dos veces el territorio de islas mujeres 10 veces el parque turístico de Xcaret.

Las acusaciones en contra del ex mandatario las realizaron Roxana Lilí Campos Miranda, consejera jurídica del ejecutivo del estado de Quintana Roo; Carlos Flores Hidalgo, director General del Instituto del Patrimonio de la entidad y Angel Vargas Mitre, director de procesos legales de la Unidad de Inteligencia Financiera de la Secretaría de Hacienda.

En tanto los agentes del Ministerio Público de la Federación solicitaron al juez seis meses para el periodo de investigación complementaria, el cual se les otorgó y fijó la próxima audiencia pars el 5 de julio de este año.

Al término de la diligencia, a las siete de la mañana, la camioneta de la Agencia de Investigación Criminal (AIC) trasladó da Roberto «N» a dicho CEFERESO.

Fuente: La Jornada

México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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