La aerolínea mexicana Viva Aerobusinterpuso amparos para continuar cobrando el equipaje de mano, lo cual está prohibido por la ley, dio a conocer el titular de la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco), Ricardo Sheffield.
El pasado martes, en la conferencia de prensa mañanera del presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO), Sheffield Padilla señaló que “ahora cada que emitimos una resolución, se amparan en contra”.
Ante esto, el titular de la Profeco reiteró que los viajeros tienen derecho a subir a bordo aún con la tarifa más básica que exista, una pieza de menos de 10 kilos.
Frente a esto, invitó a los afectados a presentar una denuncia ante la Profeco y recordó que los usuarios tienen hasta un año para hacerlo. También dijo que “los vamos a ayudar, caso por caso, aunque hagamos mil demandas”.
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Y es que en diciembre de 2021, la Profeco emitió una alerta al público consumidor,pues se detectó que Viva Aerobus comercializa vuelos con tarifas que no incluyen derecho a transportar equipaje de mano. Además, la Procuraduría sancionó económicamente a la empresa y ordenó suspender dicha práctica.
La comercialización de vuelos con tarifas que no incluyen el derecho a transportar equipaje de mano y establecen cargos adicionales por el mismo, como los de la llamada “tarifa zero” de Viva Aerobus, no están permitidos por la ley, esto tras la reforma en la legislatura 2015-2018.
Además, en diciembre pasado la Profeco advirtió que buscaría llevar el caso de la “tarifa zero” de Viva Aerobus a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), pues indicó que se trata de una práctica que perjudica los intereses y los derechos de los viajeros.
Anteriormente, la aerolínea lanzó un comunicado en el que informó que había “ganado” un amparo para mantener dicha tarifa, pues aseguró que la medida estaba apegada a lo establecido en la Ley de Aviación Civil. Lo anterior implicaba que los pasajeros renunciaran a su derecho de viajar con equipaje de mano.
En la alerta que Profeco lanzó en diciembre del 2021, se advertía que Viva Aerobus comercializaba vuelos en los que solo se permitía transportar un artículo personal que no excediera las siguientes medidas: 45 centímetros de largo, 35 de alto y 20 de ancho, de manera que únicamente se podía viajar con una mochila pequeña o un objeto de dichas dimensiones.
En respuesta, la aerolínea interpuso un amparo de revisión que fue otorgado por la autoridad judicial competente, e indicó que, tras una resolución emitida, la alerta quedaba sin efectos. De esta manera, los pasajeros podían decidir si renunciaban a su derecho a viajar con equipaje de mano mediante la tarifa zero o escogían otra opción.
Sheffield dijo que la Profeco revisaría caso por caso que sea reportado. (Presidencia)
En esa ocasión, Ricardo Sheffield se pronunció al respecto en sus redes sociales, y aseguró que la aerolínea no le había ganado a la Procuraduría a su cargo el tema del equipaje de mano, además de reiterar que los consumidores tienen el derecho de viajar con una maleta que no supere los diez kilogramos.
“El fondo sigue en litigio, reiteramos que los pasajeros tienen derecho a llevar una pieza de equipaje de hasta 10 kilogramos que quepa en la cabina”, dijo Sheffield.
Es por ello que hicieron un llamado a la ciudadanía para denunciar y formalizar las quejas ante esta “práctica abusiva”, pues indicaron que la aerolínea supuestamente pretende confundir a sus clientes durante la temporada vacacional de diciembre pasado, al hacerles creer que pueden cobrar por equipaje en mano.
En las políticas de equipaje de Viva Aeobus, se detalla que todas sus opciones de viaje incluyen un artículo personal, ya sea un bolso de mano, un maletín para computadora, una mochila o una bolsa de compras, siempre y cuando no exceda las dimensiones de 45x35x20 cm.
En la tarifa zero, sin embargo, no se contempla la maleta de mano que puede pesar hasta 10 kilogramos (kg) y se coloca en la cabina, así como tampoco el equipaje documentado que puede ser de 15 a 25 kg, según la tarifa a elegir. En caso de requerirlo, se harán cargos extra que tendrán que ser cubiertos.
El Gobierno de México publicó este miércoles el decreto, firmado por la presidenta Claudia Sheinbaum, que otorga un estímulo fiscal del 100% al impuesto especial sobre producción y servicios (IEPS) que se aplicará a partir de 2026 a la venta y distribución de videojuegos con contenido violento, extremo o para adultos. El objetivo es facilitar el cumplimiento fiscal y evitar impactos económicos en el sector.
El decreto, publicado en el Diario Oficial de la Federación, ocurre luego de la reforma a la Ley del IEPS aprobada en noviembre pasado, que estableció que desde el 1 de enero de 2026 se causará este impuesto por la enajenación de videojuegos físicos no aptos para menores de 18 años, así como por los servicios digitales que permitan su acceso o descarga, incluidos los prestados desde el extranjero.
De acuerdo con el decreto, el estímulo fiscal equivale al 100% del IEPS que deba pagarse por dichas actividades, siempre y cuando el gravamen no sea trasladado al consumidor final. El beneficio será acreditable contra el propio IEPS, pero no dará lugar a devoluciones ni compensaciones.
La medida aplica tanto a los vendedores de videojuegos en formato físico como a los residentes en el extranjero sin establecimiento en México y a los residentes en el país que ofrezcan estos contenidos mediante servicios digitales.
El Gobierno federal argumentó que el Ejecutivo está facultado para dictar medidas que faciliten el cumplimiento de las obligaciones fiscales y para conceder subsidios o estímulos, conforme al Código Fiscal de la Federación.
El decreto también releva a los contribuyentes que apliquen el estímulo del cumplimiento de diversas obligaciones fiscales formales previstas en la Ley del IEPS.
En el caso de los prestadores de servicios digitales, quedarán exentos de las obligaciones contenidas en los artículos 5o.-A Bis y 20-A de dicha ley, lo que implica que no se les aplicará el bloqueo temporal de plataformas por incumplimientos relacionados con este impuesto.
La exención no será aplicable a las obligaciones en materia del impuesto al valor agregado (IVA) por la prestación de servicios digitales, por lo que los proveedores deberán seguir cumpliendo con lo dispuesto en la Ley del IVA.
El estímulo fiscal no se considerará ingreso acumulable para efectos del impuesto sobre la renta, y los contribuyentes quedarán relevados de presentar el aviso correspondiente ante la autoridad fiscal. El Servicio de Administración Tributaria estará facultado para emitir las reglas necesarias para la correcta aplicación del decreto.
El estímulo entrará en vigor el 1 de enero de 2026, la misma fecha en que comenzaría a aplicarse el IEPS a estos videojuegos, lo que en la práctica neutraliza el impacto del nuevo gravamen mientras se mantengan las condiciones establecidas.
La semana pasada, Sheinbaum anunció que su gobierno decidió no cobrar el impuesto del 8% a los videojuegos previsto a partir de 2026, ante las dificultades para hacer efectiva su aplicación.