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Chihuahua

¡Ya llegaron los descuentos en transporte por periodo vacacional!

 

La Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) dio a conocer que durante las vacaciones de verano prestadores de servicios ferroviarios y del autotransporte federal de pasajeros deberán otorgar descuentos del 50 y 25% a estudiantes y maestros, respectivamente, en el costo de sus pasajes.

La instrucción está en el Diario Oficial de la Federación el 29 de julio de 2011, donde establece reducciones para los periodos vacacionales determinados por la Secretaría de Educación Pública (SEP) durante el ciclo escolar 2011-2012. En el periodo de Vacaciones de Verano, los descuentos se harán efectivos del 7 al 31 de julio de 2012.

Los estudiantes y los maestros deben acreditarse ante los prestadores de los servicios de transporte con su credencial vigente o, en su defecto, una constancia que consigne nombre y sello del plantel educativo con su fotografía y, en su caso, número de cuenta o matrícula.

Los beneficiados pueden presentar identificaciones exclusivamente de la Secretaría de Educación Pública; direcciones o departamentos de educación y universidades de las entidades federativas; institutos y escuelas libres de derecho, comercio y homeopatía; Colegio de Bachilleres, UNAM, IPN y planteles incorporados a estas casas de estudios.

Los descuentos se harán efectivos en los servicios de primera y económico, quedando limitado a ocho estudiantes y dos maestros por vehículo.

Los permisionarios están obligados a poner a la venta boletos a estudiantes y a maestros con la misma anticipación que los boletos normales, aunque con la leyenda “vacaciones”.

Las quejas por infracciones a la circular de la SCT, en lo concerniente a la materia de tarifas ferroviarias deberán presentarse ante la Dirección General de Transporte Ferroviario y Multimodal y en caso de niveles de cobro del autotransporte, en la Dirección General de Autotransporte Federal, o en su defecto y para ambos casos, ante el Departamento de Autotransporte Federal del Centro SCT que corresponda al domicilio del usuario.

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Chihuahua

Declara SCJN despenalización del aborto en Chihuahua

Chihuahua, Chih.- Los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declararon inconstitucionales varios artículos del Código Penal del Estado de Chihuahua que penalizaban el aborto, tras aprobar la acción de inconstitucionalidad 1/2024 presentada por la Primera Sala.

El ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá presentó el proyecto, el cual fue avalado con base en el amparo en revisión 666/2023, resuelto por la Primera Sala el 18 de octubre de 2023 con una mayoría de cuatro votos.

En dicha resolución, se determinó que los artículos 143, párrafos primero y segundo, y 145 del Código Penal de Chihuahua vulneran los derechos a la salud, la igualdad y la no discriminación de las mujeres y personas con capacidad de gestar.

Además, se estableció que estas disposiciones imponen la maternidad de manera obligatoria, lo que atenta contra el derecho de cada persona a definir su proyecto de vida y a disfrutar del mayor nivel de bienestar físico, mental y social, garantizando así su autonomía sobre la salud y el cuerpo, incluyendo la libertad sexual.

El amparo también subrayó la responsabilidad del Estado Mexicano de garantizar el derecho a la salud de mujeres y personas gestantes, brindando acceso a los mejores servicios de salud sexual y reproductiva, entendidos como un estado de bienestar integral y no solo como la ausencia de enfermedades.

Asimismo, se determinó que el artículo 146, fracción primera, es inconstitucional, ya que, aunque prevé excusas absolutorias, sigue considerando el aborto como delito, incluso cuando la interrupción del embarazo no fue consentida, como en casos de violación o inseminación artificial no autorizada. Esta normativa criminaliza a la mujer sin sancionar la conducta, lo que afecta negativamente su derecho a decidir.

Pese a la resolución, el Congreso del Estado no modificó ni derogó los artículos señalados como inconstitucionales, por lo que la Primera Sala solicitó al Pleno de la Corte emitir la declaratoria general de inconstitucionalidad, la cual entrará en vigor una vez que se notifique al órgano legislativo local.

Al tratarse de una materia penal, la declaratoria tendrá efectos retroactivos, beneficiando a mujeres y personas gestantes que estén bajo investigación, proceso o hayan sido sentenciadas por aborto, así como a los profesionales de la salud que hayan realizado interrupciones del embarazo con consentimiento.

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