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4 cosas que debes evitar en tu declaración anual en el SAT

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La declaración anual ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) es un proceso sencillo pero existen errores frecuentes que los contribuyentes cometen al presentarla.

Es una obligación tanto para empresas como para ciertos empleados presentar la declaración; en el caso de las personas morales, tienen hasta el 31 de marzo para cumplir con este requisito; mientras que las personas físicas tienen como fecha límite el 31 d abril.

Sin embargo, el propio SAT ha difundido errores que identificó en las declaraciones realizadas en años anteriores para que no los cometas:

NO HACER DECLARACIONES MENSUALES
Al presentar la declaración anual, el contribuyente debe estar al día con las declaraciones mensuales durante todo el año correspondiente. El impuesto Sobre la Renta para personales morales que lo retengan debe ser presentado para informar que cumpliste con esa obligación.

OMITIR PAGOS
Si se te pasó la fecha para presentar un pago, que es cada 17 de mes, estarás declarando plazos que no corresponden y esto puede equivaler a una multa.

DEDUCIR TODOS TUS GASTOS
Hay muchos gastos que se pueden deducir, sin embargo, no todos los gastos que haces entran en este rubro, por lo que un error común detectado es intentar deducir gastos como la despensa, que no entra dentro de una actividad laboral.

DEDUCIR GASTOS SIN CONTAR CON FACTURA
Se puede caer en el error de intentar deducir gastos sin factura, pues aunque se cuente con la nota de compra o nota de remisión, esta no funcionará como documento aprobado por el SAT, únicamente facturas de pago, recibo de honorarios o de arrendamientos.

Fuente: Excelsior

Dinero

SAT aplicará ISR a extranjeros del Mundial 2026 en México

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Los jugadores, entrenadores y demás integrantes de las selecciones nacionales que participen en la Copa Mundial de la FIFA 2026 dentro de territorio mexicano deberán pagar impuestos por los ingresos que generen durante el torneo. La obligación aplica a personas extranjeras que ingresen al país para realizar actividades remuneradas, conforme a las reglas fiscales vigentes.

La recaudación estará a cargo del Servicio de Administración Tributaria, a través del pago del Impuesto Sobre la Renta. El sustento legal se encuentra en las disposiciones publicadas el 28 de diciembre de 2025 como parte de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2026, difundida en el Diario Oficial de la Federación.

De acuerdo con la normativa, los futbolistas residentes en el extranjero que jueguen partidos del Mundial en México deberán cumplir con reglas específicas diseñadas para el certamen. El cobro no será general, sino que se limitará a los ingresos vinculados con actividades realizadas en el país y derivados de su participación en la competencia internacional.

El artículo 170 de la Ley del Impuesto sobre la Renta establece que los deportistas residentes en el extranjero que obtengan ingresos por participar en espectáculos deportivos en México están sujetos a una tasa del 25 por ciento de ISR. Este impuesto se aplica únicamente sobre la parte del ingreso que corresponda a los partidos disputados en territorio nacional.

En contraste, los jugadores que residan físicamente en México no tendrán un tratamiento especial. En su caso, deberán pagar el ISR por el 100 por ciento de los ingresos que obtengan por su participación en la Copa del Mundo, conforme a la tarifa vigente.

En términos generales, los seleccionados extranjeros que jueguen el Mundial en México deberán cubrir el ISR por los ingresos generados durante el torneo, tanto por su pago por participar con su selección como por los premios en efectivo que obtengan.

Durante la fase de grupos del Mundial 2026 en México participarán las selecciones de México, Sudáfrica, Corea del Sur, Japón, Túnez, España, Uruguay y Colombia, además del ganador del Repechaje UEFA D y del Repechaje Intercontinental 1. Las disposiciones fiscales aplicarán únicamente a los ingresos vinculados con los encuentros disputados en el país.

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