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México, uno de los peores países para ser mujer

La aprobación de leyes y firma de tratados internacionales a favor de las mujeres no evita que México sea una de las peores naciones industrializadas para ser de este género, de acuerdo con un estudio realizado por la Fundación Thomson Reuters.

México se ubicó en el lugar 15 de 19 naciones analizadas, debido a que las mujeres padecen violencia física y sexual, hay una cultura del machismo, y escaso acceso a servicios de salud en zonas rurales, detalló la fundación a través de su sitio en internet.

“Algunas comunidades están peor que las sociedades más marginadas de África y Asia en salud pública, desigualdad y tasas de violencia contra la mujer extremadamente altas -como la doméstica, la sexual y la relacionada con las drogas-”, dijo a la fundación Blanca Rico, directora ejecutiva de Semillas, Sociedad Mexicano Pro Derechos de la Mujer, un grupo que defiende los derechos de las mujeres.

Los crímenes no resueltos de mujeres en Ciudad Juárez, así como los ataques sexuales a migrantes, también contribuyeron a que México se ubicara en los últimos lugares de la lista, que coloca a India como el peor país industrializado para ser mujer y a Canadá como el mejor.

La cultura de la violencia se ha exacerbado en México debido a la Estrategia Nacional de Seguridad implementada por el gobierno federal desde diciembre de 2006 para combatir al crimen organizado, según el estudio.

“Si bien la violencia se da en todos los ámbitos, las mujeres están particularmente en riesgo”, detalla.

México tiene 112 millones de habitantes, de los cuales 57 millones son mujeres, de acuerdo con el Censo de Población y Vivienda realizado por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía en 2010.

El estudio de la Fundación Thomas Reuters es el resultado de las percepciones  de 370 especialistas en calidad de la salud, participación política, oportunidades de trabajo, acceso a recursos de educación y a sus derechos, tráfico de personas, esclavitud, y violencia.

La naciones estudiadas forman parte del G20, cuya próxima cumbre se celebrará este mes en México.

India fue ubicada como el peor país de la lista debido a que se practica el infanticidio, el matrimonio forzado y la esclavitud de mujeres.

Canadá fue el país mejor calificado por sus políticas que promueven la igualdad de género, la protección contra la violencia y la explotación, así como el acceso a atención médica.

La lista completa de los países y su lugar en el ranking, a continuación:

1. Canadá

2. Alemania

3. Gran Bretaña

4. Australia

5. Francia

6. Estados Unidos

7. Japón

8. Italia

9. Argentina

10. Corea del Sur

11. Brasil

12. Turquía

13. Rusia

14. China

15. México

16. Sudáfrica

17. Indonesia

18. Arabia Saudita

19. India

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México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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