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¿Te acuerdas del Renaut? Destruyen base de datos

La Secretaría de Gobernación (Segob) destruyó este viernes la base de datos del Registro Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (Renaut), creado en abril de 2009 para coadyuvar en la planeación, investigación y persecución de delitos, que contenía 98 millones 455 mil 246 archivos.

Gustavo Mohar, subsecretario de Gobernación, garantizó a los ciudadanos que proporcionaron datos personales y confidenciales que esa información quedó definitivamente borrada y en ningún momento se corrió el riesgo de ser filtrada y utilizada con fines ajenos.

“A todas aquellas personas que proporcionaron sus datos, que subieron su mensaje, que permitió ir construyendo este vínculo entre la Clave Única de Registro de Población (CURP) y el teléfono, no sólo el agradecimiento del gobierno federal, sino la garantía absoluta de que esos datos siempre estuvieron plenamente salvaguardados”, subrayó.

El subsecretario de Población, Migración y Asuntos Religiosos de la Segob precisó que con ese hecho la dependencia deja de tener el proceso tecnológico para destruir, eliminar lo que era ese registro de base de datos que tenía el Registro Nacional de Población (Renapo).

Con ello, puntualizó el funcionario, también se cumple el mandato del Congreso de la Unión aprobado el 17 de abril pasado, cuando se acordó desaparecer el Renaut después de tres años de funcionamiento, es decir del 9 de abril de 2009 y hasta el 17 de abril pasado.

En tanto Alberto Alonso y Coria, titular del Renapo, recordó que a través de un mensaje SMS los usuarios enviaban datos personales vía telefónica, acompañados de su CURP, que era validada por el Registro.

En el Salón Juárez de la Segob remarcó que en ningún momento se pusieron en riesgo esos datos y, posteriormente en entrevista y a pregunta expresa, rechazó que haya alguna «copia o base espejo».

«En todo momento estuvo debidamente vigilada esa base de datos y, por lo tanto, existe la garantía total de que no se tienen copias. La base que se destruyó es la única que tenemos», insistió.

Alonso y Coria también garantizó que no existe ninguna posibilidad de que sea recuperada y abundó que para la destrucción de los datos se tomaron en cuenta las recomendaciones del Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI) y de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM).

Mediante un script computacional se eliminó la información contenida en las llamadas tablas de verificación en la que aparecían los números telefónicos y la CURP que se encargó de validar la Segob.

Además se borró el nombre de usuario administrador y se terminó el proceso definitivo con el comando de la eliminación física de los archivos en un proceso que duró menos de cinco minutos.

En torno a la Cédula de Identidad Ciudadana para menores Alonso y Coria indicó que se tienen importantes avances y que se cuenta a la fecha con cuatro millones de registros en 11 entidades del país.

En el acto estuvieron Rubén Fernández Aceves, subsecretario de Enlace Legislativo de la Segob; Mauricio Farah Gevara, secretario ejecutivo del IFAI; Mony de Swaan, presidente de la Comisión Federal de Telecomunicaciones, y el actuario Fabián Romo Zamudio, director de Sistemas y Servicios Institucionales de la Dirección General de Cómputo y Tecnologías de la Información y Comunicación de la UNAM.

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México

SCJN impide a Lenia Batres votar en amparo de Salinas Pliego por publicaciones en X

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó, por unanimidad, que la ministra Lenia Batres Guadarrama está impedida para participar en la resolución del amparo en revisión 492/2023, promovido por el empresario Ricardo Salinas Pliego.

La decisión se basa en publicaciones previas de Batres en redes sociales, que evidencian una postura negativa hacia el empresario, lo que, según la Corte, compromete la imparcialidad del proceso.

¿Qué significa esta decisión?

Cuando un juez o ministro participa en un juicio, se espera que lo haga de manera neutral, sin prejuicios en favor o en contra de ninguna de las partes. Si hay evidencia de que una de las partes puede no recibir un trato justo, se puede solicitar que dicho juzgador sea retirado del caso.

En términos legales, esto se llama “impedimento” y busca garantizar la imparcialidad en la justicia.

En este caso, Salinas Pliego promovió un amparo para impugnar la facultad de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) de revisar su información bancaria sin una orden judicial. La ministra Batres había sido designada para revisar el caso, pero su imparcialidad fue cuestionada debido a comentarios previos en redes sociales donde criticaba públicamente al empresario y a sus empresas.

Las publicaciones que motivaron el impedimento

El comunicado de la SCJN citó varios mensajes de Batres en la plataforma X (antes Twitter), en los que se refirió a Salinas Pliego con términos despectivos y lo acusó de diversas prácticas irregulares. Algunas de las publicaciones destacadas incluyen:

  • En 2020, Batres señaló: “Salinas Pliego no atenta contra el gobierno, atenta contra la vida de los mexicanos. Exijo el retiro de la concesión a TV Azteca, URGENTE”.
  • En otra ocasión, mencionó: “¿Vale como disculpa pública? Ahora que Salinas Pliego pague los impuestos que debe al país y estamos a mano”.
  • También lo llamó “MISERABLE MISERABLE MISERABLE” en referencia a su actitud empresarial.

Estas expresiones fueron consideradas por la Segunda Sala como evidencia de “enemistad manifiesta”, un criterio legal que justifica el impedimento de un juez o ministra en un caso donde se pueda presumir parcialidad.

El principio de imparcialidad en la justicia

El artículo 17 de la Constitución mexicana establece que toda persona tiene derecho a un juicio imparcial. Esto significa que quienes administran justicia deben actuar sin prejuicios, garantizando que las decisiones judiciales se basen en los hechos y la ley, no en opiniones personales o conflictos previos.

La decisión de la SCJN refuerza este principio,asegurando que el caso de Salinas Pliego sea evaluado por un juez que no tenga antecedentes de opiniones públicas en su contra. Ahora, el caso deberá ser reasignado a otro ministro que pueda analizarlo sin estos cuestionamientos.

¿Qué sigue en el caso de Salinas Pliego?

Con la salida de Batres del caso, la SCJN deberá designar a otro ministro para revisar el amparo en revisión 492/2023. Este recurso es clave en la disputa entre el empresario y la UIF, ya que podría sentar un precedente sobre los alcances del acceso a información financiera sin orden judicial.

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