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México

Alcanza huracán Carlota categoría 2

El huracán Carlotta, en las costas del Pacífico mexicano, se convirtió este viernes en categoría 2, informó el Servicio Meteorológico Nacional (SMN).

La estructura del huracán Carlotta categoría 2 está muy bien formada y la muralla de la parte norte del sistema, que se encuentra a menos de 100 kilómetros de Puerto Ángel, Oaxaca, comenzó a golpear la costa, dijo Alberto Hernández Unzón, subgerente del Servicio Meteorológico Nacional (SMN).

La dirección del huracán es hacia el centro turístico de Acapulco, en Guerrero, muy similar a la trayectoria del huracán Paulina de octubre de 1997 que dejó severos daños en la zona, indicó Hernández Unzón en una entrevista en Radio Fórmula.

“Las lluvias, estimándose entre 300 y 350 milímetros, en 24 horas, pero sabemos que al chocar por terreno montañoso, las acumulaciones pueden ser mayores”, advirtió.

“Los modelos de pronóstico numérico indican de que cuando llegue al puerto de Acapulco podría hacer todo un rizo, un movimiento errático, casi estacionario y durar prácticamente todo el fin de semana ahí” añadió.

El meteorólogo dijo que podría hacer un efecto como el huracán Paulina de formar una estructura doble y que sería muy peligroso a partir de esta noche por la gran cantidad de agua que recopiló en el Golfo de Tehuantepec.

Los estados que se encuentran en alerta son Oaxaca, Guerrero y Chiapas.

El fin de semana los acumulados provocarán lluvias que se podrían dar en los estados de Puebla, Morelos, Estado de México, Michoacán, y el Distrito Federal.

“Para el domingo, prácticamente todo el día estará lloviendo en la zona central del país”, dijo Hernández Unzón.

“Las autoridades estatales deberán evaluar la posibilidad de realizar evacuaciones preventivas en el sur de Oaxaca (entre Huatulco y Pinotepa Nacional)”, alertó Protección Civil cuando Carlotta aún era tormenta tropical.

El Servicio Meteorológico recomendó a la navegación marítima tomar precauciones y advirtió por deslaves y oleajes altos.

La Comisión Federal de Electricidad (CFE) envió a 608 trabajadores, que cuentan con 194 vehículos, 90 grúas y cinco helicópteros para atender las afectaciones que provoque el huracán en Oaxaca y Guerrero, según un reporte de la agencia Notimex.

La alcaldía de Acapulco tiene listos 112 refugios. Según Protección Civil de esa ciudad, unas 14,000 personas fueron notificadas para extremar precauciones.

De acuerdo con la dependencia, en el ese puerto turístico unas 1,323 viviendas están en zonas de alto riesgo.

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México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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