Conecta con nosotros

México

Relaciones Exteriores mediará por niños inmigrantes solos

SRE busca que los menores migrantes mexicanos no acompañados que llegan de manera indocumentada a EE.UU. tengan beneficios similares a los de países centroamericanos

La Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) busca que los menores migrantes mexicanos no acompañados que llegan de manera indocumentada a Estados Unidos tengan beneficios similares a los de países centroamericanos, quienes no son deportados de manera inmediata y pueden iniciar un proceso para permanecer en territorio estadounidense.

Es por ello que los consulados mexicanos ubicados en la frontera empezarán a aplicar en unas semanas un nuevo cuestionario a los niños y adolescentes que viajan solos para conocer la realidad de la situación por la que salieron de México.

Esto tiene como principio procurar el interés superior del niño y daría la posibilidad de reunificación familiar o refugio a los menores que son víctimas de trata, huyen de la violencia o son víctimas del crimen.
Reyna Torres, directora general de Protección a Mexicanos en el Exterior, y Euclides del Moral, director general adjunto de Protección de la SRE reconocieron que debido al procedimiento que hoy se aplica, son muy pocos los menores mexicanos que acceden al proceso de refugio en Estados Unidos.

“Nuestros menores también son víctimas de tráfico de personas, de abuso, de violencia, de organizaciones criminales, entonces no se les da el beneficio de que acudan a un juez migratorio y presentar su caso de reunificación con algún familiar en Estados Unidos”, señaló Torres.

Al preguntarles si esta medida no es un incentivo para migrar, aseguraron que es un derecho que da la actual legislación de ese país, “aunque muchos congresistas la quieran cambiar”.

Con este nuevo procedimiento, que será aplicado por los consulados una vez que los menores ya hayan sido interrogados por agentes migratorios de Estados Unidos, se indagará si un determinado niño tiene posibilidad de quedarse en la Unión Americana, “si nosotros les ponemos un abogado y pedimos a lo mejor que se presente ante un juez lo estamos beneficiando”.

La ministra de carrera Reyna Torres admitió que cuando las autoridades estadounidenses entrevistan a los menores, la información que ellos proporcionan es muy limitada, no se extienden y no hablan con mayor soltura. Dijo que se extienden en el consulado y hay cosas que no dicen hasta cuando ya fueron repatriados al lado mexicano. “Ahí es cuando ya hablan de maltrato de las autoridades de EU, es natural”.

El cuestionario, que se encuentra en la etapa de validación, lo han trabajado en una primera parte con el Instituto para las Mujeres en la Migración A.C. (Imumi) y con Kids in Need of Defense (KIND) en la última parte, ambas son organizaciones no gubernamentales.

Aseguraron que la validación de esas organizaciones es importante porque son de interés público y porque sus integrantes son abogados. “Entonces la parte que hacen los consulados a la hora de entrevistar a los menores tendrá que indagar si ellos tienen posibilidades u opciones para que, si los niños quieren, puedan quedarse en Estados Unidos.

“Nos dicen las ONG, no te aceleres, no tomes tan a pecho lo que dice la ley de que el menor mexicano debe ser retornado inmediatamente, tomemos precauciones y previsiones adicionales para recibir el beneficio de la Ley Wilberforce”, comentó Euclides del Moral.

Desde 2008 la Ley Wilberforce protege a los menores migrantes de las redes de trata y de procesos de deportaciones exprés. No obstante, la vecindad de México con Estados Unidos ha llevado a la aplicación de acuerdos de repatriación locales, lo que ocasiona la devolución del menor en horas.

“Si el menor nos dice, mi abuelo paterno está aquí, es residente permanente o es ciudadano de Estados Unidos, ahí hay un nexo por el cual el menor podría tener acceso a regularizar su situación, pero si de plano sabemos que los padres son indocumentados o que no hay otro nexo familiar, pues no va a tener sentido pelear porque el menor se quede, a menos que existan otros elementos como el que viva en entorno de violencia, sea víctima de abuso”, dijo el director general adjunto de Protección.

Explicaron que también puede estar en el interés superior del niño regresarlo a México, pues tampoco quieren tenerlo en un albergue si no hay un nexo real en territorio estadounidense que le permita mantener su estancia en ese país.

Los funcionarios adelantaron que esta iniciativa forma parte de una integral en la que participa con ellos el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), instancia que dará capacitación a cónsules mexicanos para una mejor identificación de la circunstancia del menor.
Flujo disminuye

De acuerdo con la Dirección General de Protección a Mexicanos en el Exterior de la SRE, el flujo migratorio de menores migrantes mexicanos no acompañados ha disminuido. En sus cifras actualizadas de casos de menores repatriados a México desde Estados Unidos registra una disminución de mil 725 casos en abril, a 986 para junio.

Reyna Torres, directora del área, y Euclides del Moral aseguraron que esta disminución es multifactorial, pero que el regreso a clases es una causa importante de la disminución.

Vanguardia

niños migrantes

Clic para comentar

You must be logged in to post a comment Login

Leave a Reply

México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

Continuar Leyendo
Publicidad
Publicidad
Publicidad

Más visto