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México

México, a la par que Italia y España en lavado de dinero

Pese a los esfuerzos del gobierno federal, México está catalogado como un país en riesgo o vulnerable ante el lavado de dinero pues los indicadores de este delito no han logrado reducirse en los últimos años, y por el contrario han aumentado al grado que nuestro país está clasificado en niveles similares a los de Italia o España, en cuanto a este ilícito.

De hecho se calcula que en México se lavan diez mil millones de dólares al año. Entre los delitos asociados con este ilícito están: tráfico de drogas, contrabando de armas, corrupción, fraude, trata de personas, prostitución, extorsión, piratería, evasión fiscal y terrorismo, entre otros, advierte la investigación “Lavado de dinero en México: alcances y retos pendientes”, realizada por la Dirección General de Análisis Legislativo del Instituto Belisario Domínguez (IBD) del Senado de la República.

En México se ha incrementado el lavado de dinero y las actividades “inusuales” en materia de uso de recursos, cuyo fenómeno ha aumentado hasta en un 50 por ciento con respecto al 2013, se advierte en el documento.
En 2014, la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público reportó a la PGR, 87 denuncias por presunto lavado de dinero, el número más elevado de toda su existencia, es decir, tres más que en 2013.

Además reportó que el año pasado se registraron cerca de 114 mil operaciones inusuales, cifra mayor en 38 mil 500 al cierre de 2013, cuando ocurrieron 75 mil 468 casos, es decir, un aumento del 50 por ciento en esta actividad.
La investigación del IBD encontró que en México existen algunas debilidades en las instituciones bancarias, sobre todo con la recepción de recursos de clientes con actividades ilícitas.

Además quedan pendientes por resolver con el Grupo de Acción Financiera sobre el Blanqueo de Capitales (GAFI) la atención de las 40 recomendaciones en materia de lavado de dinero y de otras nueve especiales en materia de financiamiento de terrorismo.

Frente a este panorama, el Instituto Basilea (Basel Institute on Governance) que evalúa anualmente a diferentes países, en función del riesgo de lavado de dinero, clasifica a México en una posición intermedia, similar a la de Italia o España, establece la investigación.

El aumento en el número de denuncias, procesados y el monto de dinero incautado por lavado de dinero en México, ha provocado que el Grupo de Acción Financiera sobre el Blanqueo de Capitales (GAFI) haya realizado diversas recomendaciones a México para combatir este delito.

De acuerdo a una evaluación realizada por el propio GAFI y por el Fondo Monetario Internacional (FMI) en 2008, México cumple satisfactoriamente con 24 de 40 recomendaciones contra el lavado de dinero, lo que ubica al país por encima del promedio de los países miembros del GAFI, y mejor que las principales economías del mundo agrupadas en el G20. Sin embargo nuestro país está catalogado como un país en riesgo frente al lavado de dinero.

Fuente: La Crónica de Hoy

México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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