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México

Aprueban reforma anticorrupción

El Senado de la República avaló la reforma constitucional en materia anticorrupción sin modificar la minuta elaborada en la Cámara de Diputados; no obstante, senadores del PAN, PRD y PT advirtieron que ésta se queda corta ante los hechos de corrupción en el país, por lo que enlistaron al menos una decena de cambios legales que se deben hacer para enfrentar el flagelo.

Las modificaciones constitucionales se aprobaron en lo general con 98 votos en favor, dos en contra y ocho abstenciones. No se aceptaron cambios al dictamen a pesar de la insistencia en las reservas, por lo que se envió a los congresos locales para su aprobación.

Con esto, el Congreso de la Unión avaló la creación del sistema nacional anticorrupción; que el Tribunal Federal de Justicia Administrativa sancione actos de corrupción de servidores públicos y privados; la extinción de dominio en casos de enriquecimiento ilícito; que los servidores públicos estén obligados a presentar bajo protesta de decir verdad su declaración patrimonial y de intereses; que los recursos locales provenientes de deuda respaldados por la Federación sean fiscalizados por la Auditoría Superior de la Federación y que las instituciones públicas tengan órganos internos de control, entre otros aspectos.

Los legisladores afirmaron que para fortalecer el marco legal anticorrupción se requiere eliminar el fuero de los servidores públicos, incluido el presidente de la República, para que éste pueda ser responsable por conflictos de interés, cohecho y abuso de sus funciones.

También destacaron que se requiere nombrar al fiscal anticorrupción; regular la publicación de declaraciones patrimoniales y de interés de los funcionarios; erradicar la cultura de los llamados moches en la Cámara de Diputados; regular los gastos en comunicación social y fortalecer a la Secretaría de la Función Pública.

El tema del fuero acaparó la atención de senadores del PAN, PRD y PT, quienes recordaron que esta figura ha propiciado impunidad, y refirieron casos como la adquisición de propiedades del presidente Enrique Peña Nieto y del ex presidente José López Portillo; la desaparición de 43 normalistas de Ayotzinapa por órdenes del alcalde de Iguala, José Luis Abarca; el enriquecimiento ilícito por parte de funcionarios públicos y la etiquetación de partidas en el Presupuesto de Egresos de la Federación, mejor conocida como moches.

Entre los senadores que afirmaron que la reforma “se queda corta” se encuentran Alejandro Encinas; Armando Ríos Piter; Zoé Robledo; Javier Corral; Roberto Gil; Ernesto Cordero y Marcela Torres.

“La corrupción es un cáncer (…) El país está enfermo de cáncer y nosotros queremos darle una aspirina (…) Es un paso en la dirección correcta, pero es un paso que va a ser insuficiente y el paciente se nos va a morir”, dijo Ernesto Cordero.

Pablo Escudero, presidente de la Comisión Anticorrupción, aceptó que la reforma es perfectible y que México ha llegado tarde para enfrentar el mal que provoca la corrupción.

Fuente: http://eleconomista.com.mx/sociedad/2015/04/21/aprueban-reforma-anticorrupcion

México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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