Conecta con nosotros

México

Revela especialista de la UNAM que al menos 900 mil niños trabajan

El investigador del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) Mauricio Padrón Innamorato señaló que, al menos, 900 mil menores en México realizan actividades catalogadas como trabajo.

Precisó que esta cifra no incluye a niños en situación de calle.

Padrón Innamorato explicó que la cifra de 900 mil niños,niñas y jóvenes refiere específicamente a menores que tienen hogar o dentro de núcleos familiares, con lo que en México la cifra del trabajo infantil es alta.

En entrevista, el especialista destacó que “la vulnerabilidad es un fenómeno complejo, porque tiene que ver con pobreza, desigualdad, equidad, y se manifiesta no sólo en fenómenos como el trabajo, acceso a servicios de salud, educación, abandono, violencia, sino que alcanza al incumplimiento de sus derechos”.

Mencionó que en México hace falta un diseño institucional para hacer efectivos los derechos de los menores, así como mecanismos de vigilancia y control para que las leyes, normas y convenios se cumplan.

Padrón Innamorato insistió en que, en los estados, algunas figuras conocidas como Procuradurías de Defensa del Menor son insuficientes para reducir los abusos contra el sector, ya que no existen recursos y esquemas administrativos para el tratamiento efectivo.

No son suficientes las procuradurías del menor; tiene que ver con el diseño administrativo institucional y cuestión de recursos, pero además la niñez históricamente ha sido invisibilizada, en términos culturales; México es un país donde se entiende que los niños no tienen derechosy tienen que hacer lo que los padres quieran”, dijo.

Advirtió que, para resarcir esta cuestión, es necesario establecer programas o políticas públicas integrales, que contemplen la educación de adultos respecto al tema.

Fuente. Excélsior

México

¡Fondo de Pensiones para el Bienestar! Requisitos para recibir $16,777 al mes

Tal vez durante los últimos días hayas escuchado muchas opiniones acerca de la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar, cuya aprobación en el Congreso y posteriormente en el Senado, generó mucho «ruido mediático», en especial por la toma de recursos de las Afores inactivas. Más allá de eso, te decimos cómo funciona y los requisitos para ser beneficiario.

De acuerdo a la información oficial, la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar se dio Con la meta de fortalecer la seguridad financiera de los trabajadores mexicanos al jubilarse. Se trata de un fideicomiso público destinado a complementar las pensiones otorgadas por los institutos de seguridad social del país, incluyendo el IMSS, Infonavit e ISSSTE. 

¿Quiénes recibirán dinero del Fondo de Pensiones para el Bienestar?

La iniciativa busca garantizar que las pensiones sean equivalentes al último salario percibido por el trabajador, siempre y cuando este no supere el límite de 16,777.78 pesos al mes.

Para ser elegibles para este complemento, los trabajadores deben retirarse a la edad de 65 años, haber cotizado en el sistema Afore desde julio de 1997 en el caso del IMSS, y desde abril de 2007 en el caso del ISSSTE. Además, la pensión no debe exceder el límite mencionado anteriormente.

Es importante destacar que este tope se determinó en base al salario promedio de cotización en el IMSS en 2023 y se ajustará anualmente según la tasa de inflación.

Asimismo, según lo aprobado, se priorizará a los trabajadores que comenzaron su cotización a partir de julio de 1997 y alcancen los 65 años de edad.

Polémicas sobre el Fondo de Pensiones para el Bienestar:

Una de las medidas más controvertidas, que ha generado rechazo por parte de la oposición, es la decisión de concentrar los recursos de los trabajadores en este fondo. 

Estos fondos provienen de las subcuentas de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez de trabajadores del sector privado que no hayan sido reclamados a los 70 años, así como de los recursos cotizados por trabajadores del sector público al ISSSTE que no se hayan requerido a los 75 años.

Con las reformas, las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afores) y PENSIONISSSTE están obligadas a realizar transferencias automáticas al Fondo de Pensiones para el Bienestar, sin necesidad de una resolución judicial, una vez que los trabajadores alcancen la edad indicada.

Además, Infonavit y FOVISSSTE deben notificar a los trabajadores un año antes de transferir sus recursos al fondo, a los 70 y 75 años respectivamente.

Continuar Leyendo
Publicidad
Publicidad
Publicidad

Más visto