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México

Chihuahua, líder en número de ingenieros en informática del país

El presidente de la Asociación Nacional de Distribuidores de Tecnología Informática y Comunicaciones (ANADIC) Delegación Chihuahua, René Pons, dio a conocer actualmente el estado se encuentra ubicado a nivel nacional como líder en la formación y producción de ingenieros en la especialidad, generando en promedio cerca de mil profesionista de ese ramo.

El presidente de la Asociación Nacional de Distribuidores de Tecnología Informática y Comunicaciones (ANADIC) Delegación Chihuahua, René Pons, dio a conocer actualmente el estado se encuentra ubicado a nivel nacional como líder en la formación y producción de ingenieros en la especialidad, generando en promedio cerca de mil profesionista de ese ramo.

Lo anterior fue expresado por el representante de dicha instancia en el marco de la Olimpiada Mexicana de Informática que se realiza en la Entidad, donde se encuentran realizando una serie de visorias entre los participantes para posteriormente incorporarlos a sus filas.

René Pons afirmó que Chihuahua en los últimos años se ha caracterizado por potencializar las carreras dirigidas en materia tecnológica, lo cual se potencializa con el talento local que se tiene, siendo un foco de atención para empresas tanto nacionales como internacionales de elaboración de Software y Hardware.

“Sabemos que los chicos que están en esta olimpiada son talento potencial, creemos que el futuro está en desarrollar ese tipo de eventos”, comentó el presidente de la ANADIC, quien resaltó la importancia de que Chihuahua se haya convertido sede en la competencia que reúne a los mejores estudiantes en materia de programación.

Explicó que el compromiso que se debe de tener para dar una continuidad a ese tipo de proyectos, es canalizar y brindar todo el apoyo necesario a todos aquellos jóvenes de primaria, secundaria y nivel media superior, para de esa manera evitar la denominada fuga de talento, ya que aseveró muchas veces ante la falta de seguimiento son captados por empresas internacionales y con ello, emigran a otros países.

La ANADIC es una asociación líder en el México, encargada de la distribución de material tecnológico y de informática para empresas nacionales e internacionales que elaboran Software y Hardware.DSC_0235_1024x678

México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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