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México

Comando asalta 16 casas de descanso en Morelos

TLAYACAPAN, México, mayo 5, 2015.- Un grupo de al menos 10 personas armadas, a bordo de seis camionetas y un camión de carga, entró por la fuerza a un conjunto habitacional y robó en 16 casas utilizadas para fin de semana en Tlayacapan, Morelos.

Esta es la capilla de San Miguel, una de las más de 25 capillas del siglo XVI que existen aquí en el municipio de Tlayacapan, Morelos, y está en el fraccionamiento San Miguel, en frente de esta capilla, por este portón, el sábado pasado un grupo de hombres entró y asaltó los domicilios del interior.

El robo ocurrió la mañana del sábado, durante cuatro horas.

A las 8:30 de la mañana, cuatro de los asaltantes tocaron el portón y tan pronto se abrió sometieron al vigilante.

«Sometieron al conserje y su familia y también a unos moradores que estaban ahí, los metieron a la casa del conserje donde uno de los sujetos los amagaba con pistola en mano», explicó José Manuel Serrano Salmerón, fiscal regional de la Zona Oriente de Morelos.

Al asegurar a las personas, los demás cómplices entraron.

Se dividieron en grupos y entraron a las 16 casas del conjunto habitacional.

«Varios sujetos incursionaron a este fraccionamiento San Miguel, donde se introdujeron después de pedirle al conserje que abriera las casas, a 16 casas habitación», comentó el fiscal regional.

Dentro del fraccionamiento, sólo cuatro de las 16 casas de fin de semana estaban ocupadas.

Los asaltantes amagaron a los moradores, los ataron de pies y manos y los encerraron en el baño mientras efectuaban el asalto.

«Llegó un camión donde empezaron a cargar todos los electrodomésticos y enseres propios de un domicilio y los subieron a éste», agregó el funcionario.

Cuatro horas después se retiraron sin contratiempos.

Se informó que ya se presentaron denuncias y que no hubo detenidos.

Fuente: Noticieros Televisa

México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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