Chihuahua
Mujeres son las que mayormente padecen Depresión
La depresión es un trastorno afectivo que se manifiesta con síntomas psíquicos y somáticos, por lo que para su diagnóstico y tratamiento es necesario valorar el entorno del paciente, informó la doctora Lizbeth Peña Martínez, psiquiatra adscrita al Hospital General Regional No. 1, Morelos, del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) en Chihuahua.
La depresión es un trastorno afectivo que se manifiesta con síntomas psíquicos y somáticos, por lo que para su diagnóstico y tratamiento es necesario valorar el entorno del paciente, informó la doctora Lizbeth Peña Martínez, psiquiatra adscrita al Hospital General Regional No. 1, Morelos, del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) en Chihuahua.
Destacó que la presencia de antecedentes de este padecimiento en el ámbito familiar cercano (padres y hermanos) incrementa hasta un 30 por ciento la probabilidad de que una persona lo padezca.
Refirió además, que existen un grupo de enfermedades estrechamente ligadas a la aparición de la depresión, siendo las más comunes la migraña, diabetes y el hipertiroidismo, así como otras enfermedades crónicas.
Indicó que este trastorno se presenta más en mujeres que en hombres; además de que la edad es un factor influyente, siendo el grupo comprendido entre los 35 y los 45 años el de mayor incidencia.
Peña Martínez destacó que el embarazo y el posparto son etapas vitales de la mujer con un mayor riesgo de aparición de depresión, debido a las alteraciones hormonales sufridas; además de
complicaciones graves como intento de suicidio, homicidio, así como síntomas psicóticos que demuestran que la mente del paciente está fuera de la realidad.
Comentó que entre los factores potenciadores de la aparición de este trastorno se encuentran el estrés, la ansiedad, la incapacidad de encauzar los problemas en cualquiera de sus ámbitos personales; la dependencia o consumo habitual de alcohol, tabaco y drogas.
Explicó que existen diversos criterios para el diagnóstico del trastorno depresivo mayor, destacando los siguientes síntomas, que de presentarse cinco veces o más en un periodo de dos semanas consecutivas se debe de acudir de inmediato a valoración médica:
1.-Estado de ánimo depresivo la mayor parte del día (se siente triste, vacío y sin esperanza); en niños y adolescentes, el estado de ánimo puede ser irritable.
2.-Marcada disminución del interés o placer en todas o casi todas las actividades, la mayor parte del día, casi cada día.
3.-Pérdida de peso significativa sin hacer dieta, ganancia de peso, o disminución o aumento en el apetito casi todos los días.
4.-Insomnio o hipersomnia (sueño excesivamente prolongado y profundo) todos los días.
5.-Agitación o enlentecimiento psicomotores (moverse como en cámara lenta).
6.-Fatiga o pérdida de energía casi todos los días
7.-Sentimientos de inutilidad o de culpabilidad excesivos o inapropiados (que pueden ser delirantes) cada día.
8.-Disminución de la capacidad para pensar o concentrarse, o indecisión, casi cada día.
9.-Pensamientos recurrente de muerte (no sólo temor a la muerte), ideación suicida recurrente sin un plan específico o una tentativa de suicidio o un plan específico para suicidarse.
La doctora del Seguro Social indicó que la primera atención debe de ser en la Unidad de Medicina Familiar, a fin de que el paciente sea canalizado con el médico psiquiatra, toda vez que éste es el único especializado para tratar el trastorno depresivo.
Finalmente recalcó que la depresión es una enfermedad ocasionada
por la falla de neurotransmisores cerebrales, por lo que no se trata de una situación meramente de “echarle ganas” o “falta de voluntad” para salir de algún estado de ánimo de los anteriormente mencionados, razón por lo cual debe de atenderse oportunamente para evitar complicaciones graves.
Chihuahua
Así ordenaron la aprehensión de César Jáuregui en Chihuahua
Un oficio atribuido al Poder Judicial de Chihuahua detalla los delitos por los que se habría autorizado la captura de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo.
Chihuahua, Chih.— Un documento atribuido al Poder Judicial del Estado de Chihuahua revela los términos de una resolución mediante la cual se habría ordenado la aprehensión de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo, por presuntos delitos relacionados con el ejercicio de funciones públicas.
El documento, identificado con el número de oficio 53095/2026, correspondiente a la causa penal 3055/2026, está dirigido a Anabel Amparán Delgado, agente del Ministerio Público adscrita a la Fiscalía General del Estado.
En el apartado de resolutivos aparece expresamente la instrucción de librar órdenes de aprehensión contra ambos señalados.
¿De qué se acusa a César Jáuregui?
Según el oficio, la resolución contempla dos señalamientos contra César Gustavo Jáuregui Moreno.
El primero corresponde a los delitos de ejercicio ilegal del servicio público y coalición, previstos en los artículos 253, fracción II, y 260 del Código Penal del Estado de Chihuahua, respectivamente. En este caso, se le señala como presunto coautor junto con Guillermo Arturo Zuany Portillo.
El segundo corresponde a otra hipótesis del delito de ejercicio ilegal del servicio público, prevista en la fracción IV del artículo 253 del mismo ordenamiento, por la cual se le atribuye la calidad de autor material.
Por su parte, Zuany Portillo también aparece señalado por el delito de falsedad ante autoridades con penalidad agravada, contemplado en el artículo 308 del Código Penal estatal.
¿Cómo se autorizó la orden de captura?
El documento establece que la autoridad judicial valoró los antecedentes de investigación expuestos por la Fiscalía en su solicitud de mandamiento de captura.
Tras esa valoración, el tribunal habría autorizado las órdenes de aprehensión y dispuesto la entrega de tres copias certificadas del oficio al Ministerio Público.
La resolución también señala que los imputados deberán recibir una copia al momento de su captura y ser puestos inmediatamente a disposición del tribunal correspondiente.
Lo que todavía falta por esclarecer
Aunque el documento describe los delitos atribuidos y las disposiciones judiciales para ejecutar las capturas, la imagen difundida no contiene los antecedentes completos de la investigación ni permite conocer los hechos específicos que habrían motivado las imputaciones.
Tampoco permite establecer si las órdenes continúan vigentes, si fueron ejecutadas o si existen determinaciones judiciales posteriores.
La autenticidad del oficio y la existencia de las órdenes de aprehensión requieren confirmación independiente ante el Poder Judicial del Estado de Chihuahua.
En cualquier caso, una orden de aprehensión no constituye una sentencia condenatoria y las personas señaladas conservan su presunción de inocencia.
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