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México

Matan sicarios a jefe policial de la AEI en San Pedro, Nuevo León

MONTERREY, 3 de marzo.- El comandante en jefe de la Agencia Estatal de Investigaciones (AEI) en la localidad de San Pedro fue asesinado por un grupo de sicarios en esta población del norte de México, informaron hoy las autoridades del estado de Nuevo León.

El portavoz del Consejo de Seguridad estatal, Jorge Domene, precisó en rueda de prensa que el crimen contra Antonio Montiel Álvarez ocurrió anoche pasadas las 22.30 hora local (4.30 GMT de hoy) en un camino vecinal del municipio de Benito Juárez, ubicado al oriente y perteneciente a la zona metropolitana de Monterrey.

«El comandante Montiel se encontraba en un lugar de descanso junto con su familia cuando fue atacado por un grupo de hombres armados», dijo el funcionario estatal en su intervención.

El mando respondió la agresión y al final lo asesinaron «pero su familia se encuentra bien», agregó Domene.

Mencionó que existe información que indica que el jefe de la policía del estado en la zona puedo haber sido asesinado por un grupo de la delincuencia organizada, aunque no ofreció pormenores sobre esa hipótesis.

Domene señaló que existen «amenazas latentes» contra la AEI que se han incrementado en los últimos meses, en los cuales la violencia se ha recrudecido en el estado de Nuevo León

En su comparecencia el funcionario aseguró que en los primeros dos meses de este año se incrementaron los crímenes violentos relacionados con la delincuencia organizada y que en este periodo se registraron 324 homicidios, un récord histórico para Nuevo León en ese intervalo de un año.

«Desde 2009 a la fecha la cifra de asesinatos ha venido incrementándose de un mes a otro», admitió el portavoz del Consejo de Seguridad de Nuevo León al hacer sus valoraciones.

Enfatizó que el resto de los delitos comunes que ocurren en el estado, como robo de casas, vehículos y negocios, tuvieron reducciones importantes desde el pasado mes de agosto.

En 2011 los asesinatos violentos relacionados con el crimen organizado en Nuevo León sumaron 2.003, según datos oficiales, lo que convirtió a este estado norteño de México en uno de los más violentos del país.

 

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México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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