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México

Duarte denuncia a Yunes ante la FGE por enriquecimiento ilícito

El gobernador Javier Duarte de Ochoa presentó ayer una denuncia ante la Fiscalía General del Estado en contra de Miguel Ángel Yunes Linares, mandatario electo, por presunto enriquecimiento ilícito.
Acompañado de diputados federales y locales del Partido Revolucionario Institucional (PRI), secretarios de su gabinete y algunos alcaldes priístas, Duarte de Ochoa dijo: Hay inconsistencia entre la declaración patrimonial que (Yunes) presentó cuando era candidato al gobierno de Veracruz, y su patrimonio.
En la denuncia se atribuyen a Yunes Linares y a miembros de su familia 16 propiedades en la entidad con valor de 50 millones de pesos y una superficie total de 50 mil metros cuadrados, aunque tenemos conocimiento de que posee más propiedades en el territorio nacional y el extranjero que deben investigarse, señaló.
Duarte afirmó que tras las elecciones del 5 de julio Yunes Linares ha venido atacando, generando diatriba, insultos, mentiras, linchamiento, conferencias de prensa diarias, para ocultar que es un delincuente, que tiene un patrimonio desmedido; (es) un ratero que ha robado al pueblo de Veracruz.
Advirtió que estará atento a que el fiscal general del estado gire los oficios y desarrolle la investigación que pueda esclarecer puntualmente el origen de los recursos de este señor.
En cuanto a la denuncia que Yunes Linares presentó en su contra por enriquecimiento ilícito, Duarte dijo que él no ha cometido delito alguno ni tiene nada que ocultar. Mi patrimonio es consistente y corresponde a mis ingresos como servidor público.
Asimismo desestimó que el Partido Revolucionario Institucional vaya a expulsarlo y consideró imprecisas las declaraciones del ex gobernador Fidel Herrera Beltrán, quien se deslindó de él porque ‘hizo cosas que no tenía que hacer.
Él habló conmigo por teléfono y me aseguró que sus declaraciones fueron sacadas de contexto, aseguró Duarte.
Miguel Ángel Yunes dijo de la denuncia en su contra que la verdad os hará presos y que tiene tanto sustento como su declaración de bienes, pero no podrá impedir el cambio ni evadir la acción de la justicia.
Yunes Linares presentó ayer el comité rector para la integración del Plan Veracruzano de Desarrollo 2016-2018, en el Museo de Antropología de Xalapa.

La Jornada

México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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