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México

Carmen Aristegui revelará nueva investigación sobre Peña Nieto

La periodista Carmen Aristegui difundió un video en sus redes sociales donde anuncia una nueva investigación sobre el presidente de México, Enrique Peña Nieto.

“Este domingo 21 de agosto a partir de las 10:00 de la noche, después de la clausura de los Juegos Olímpicos y antes de que inicie el nuevo ciclo escolar, los invito para conocer un reportaje de nuestra unidad de investigaciones especiales. Se trata de una faceta no conocida de Enrique Peña Nieto. Desde el capitulo en la Feria Internacional del Libro de Guadalajara en la que Peña Nieto confundió libros y autores (…) no teníamos una evidencia tan clara y tan contundente acerca del perfil intelectual, académico y ético del hoy Presidente de la República; un Presidente que apostó por una polémica Reforma Educativa que exige a maestras y a maestros que sean evaluados desde un modelo punitivo y que ha dicho que la educación es prioridad es su gobierno”, mencionó en su mensaje.
Además la comunicadora citó a Carlos Fuentes,donde recordó la frase: “No quiero ni pensar que Peña Nieto llegue a la Presidencia, este señor tiene derecho a No leerme pero no tiene derecho a ser presidente”

“Si viviera Fuentes tal vez no hubiera dicho: se los dije”, mencionó Aristeguí. Además enfatizó que el nivel de aprobación de Peña Nieto ha llegado a niveles alarmantes y que la capacidad de maniobra del mandatario se reduce cada día.

La periodista lanzó interrogantes como ¿Quién es Peña Nieto?, ¿De dónde salió el personaje?, ¿Cuál es su perfile verdadero y su estatura ética para gobernar una nación como México?

“Hoy en la noche le presentaremos una faceta que no conocíamos aunque podríamos haberla intuido del hoy Presidente. Una faceta del joven Peña Nieto a sus 25 años, cuando dio el último paso profesional para convertirse en abogado. Es este un filón de su biografía que da materia para apreciarlo de cuerpo completo. No dejemos que gane el silencio y la censura”, finalizó la periodista.

Toda la información será presentada en:       http://aristeguinoticias.com/

 

 

Publimetro

México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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