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México

Breve tregua migratoria; familias se abrazan en la frontera

entos de familias separadas durante años por carecer de documentos migratorios para cruzar la frontera entre México y Estados Unidos, se reencontraron hoy a la mitad del Río Bravo, durante una inusual y breve tregua migratoria.

El emotivo encuentro, denominado “Hugs No Walls” (Abrazos No Muros), fue organizado por la Red Fronteriza para los Derechos Humanos, una organización defensora de los inmigrantes, con sede en El Paso, Texas.

El evento, el tercero realizado durante el último año, permitió que integrantes de unas 350 familias pudieran reencontrarse, luego de años de estar separados.

Una a una, las familias comenzaron a bajar hacia el lodoso lecho del Río Bravo, vistiendo camisetas de color blanco, los provenientes de México, y de azul, los del lado de Estados Unidos, para un encuentro de sólo tres minutos en los que se abrazaban y lloraban.

Miembros de la familia García Soto, cuyos hermanos tenían 27 años de no verse, fueron los primeros en reencontrase a mitad del río.

La cita permitió que abuelos abrazaran a nietos que no conocían, que padres estrecharan a sus hijos tras años de no verlos físicamente, que esposos abrazaran a sus esposas y que hermanos, tíos y primos se reencontraran, derramando lágrimas de alegría.

La escena se repitió una y otra vez hasta que cerca de 350 familias se reencontraron, en un transcurso de más de dos horas.

Antes de que comenzaran los encuentros, un sacerdote en Ciudad Juárez, del lado mexicano, dirigió una oración diciendo que los abrazos que estaban por atestiguar mostraban “el poder del amor, el don de la compasión, la grandeza de la justicia, el potencial de la esperanza y la posibilidad de la paz”.

El evento, organizado con meses de anticipación, ocurre apenas a ocho días de la toma de posesión del presidente estadunidense Donald Trump. Hasta ahora se desconoce si este tipo de encuentros continuarán siendo autorizados bajo la nueva administración.

 

Excelsior

México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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