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México

El dólar está a la baja, cierra hasta en 12.81 pesos

El peso mexicano en su valor a 48 horas, utilizado en operaciones al mayoreo, se apreció este jueves un 1.54%, según el precio final del Banco Central, después de que la Reserva Federal estadounidense anunciara un nuevo plan de compra de activos financieros, con el fin de dar estímulo a la economía.

La moneda local cerró en 12.8168/12.8180 por dólar, con un avance de 19.76 centavos frente a los 13.0156 pesos del precio de referencia de Reuters del miércoles. El peso osciló entre 12.8180 y 13.0444 unidades por billete verde durante la sesión.

Los mercados emergentes ven la acción de la Fed como un tema de mayor liquidez hacia adelante y flujos hacia estos países con buenos fundamentales como es el caso de México, señala el subdirector de Estrategia de Renta Fija de Análisis Santander, Salvador Orozco.

El peso se ha fortalecido por esa razón y creo que si hacia adelante el tema europeo llegara a estabilizarse en octubre, el peso tiene margen para seguirse apreciando, señala.

En ventanillas de bancos y casas de cambio, el peso operaba en 12.42 unidades por dólar a la compra y en 12.97 a la venta.

En su valor 24 horas, el peso ganó 20.07 centavos a 12.8148/12.8168 por dólar, mientras que en su valor mismo día cerró, previamente, con una apreciación de 4.64 centavos a 12.9781/12.9801 por dólar.

 

«El peso mexicano podría beneficiarse tanto de una recuperación de Estados Unidos como del mejor tono en términos de aversión al riesgo», dijo Mauro Roca, analista de Deutsche Bank en Nueva York.

El esperado programa de compras de la Fed abre el camino para un mayor fortalecimiento del peso mexicano, avalado por su atractivo rendimiento y su fuerte correlación con Estados Unidos, el principal destino de las exportaciones locales.

«Si se confirma una mayor estabilidad para la economía (de Estados Unidos) creo que sí podríamos ver los 12.50 en las próximas semanas», estimó Mario Copca, analista de CI Casa de Bolsa.

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México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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