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Nota Principal

Ratifica síndico denuncia por irregularidades detectadas en la compra del edificio Scotiabank.

Miguel Riggs, Sindico del Ayuntamiento capitalino, ratificó hoy ante la Secretaría de Asuntos Interinstitucionales del Congreso del Estado, la denuncia en contra del ex presidente municipal de Chihuahua, Javier Garfio Pacheco, y del ex regidor priista, Andrés Pérez Howlet, quien fungía como Presidente de la Comisión de Hacienda, por el presunto desvío de la cantidad de cuatro millones de pesos del erario público, situación que se enmarca en las irregularidades detectadas a la pasada administración por la compra del inmueble Scotiabank.
Riggs Baeza recordó que esta denuncia se genera tras una investigación realizada por la Sindicatura en torno a la adquisición del edificio en mención, para el cual se destinó una inversión de 70 millones de pesos, de los cuales no fueron reportados cuatro millones y se presume que esa cantidad se entregó a una tercera persona que fungió como supuesta intermediaria, movimiento que no fue registrado ante la Secretaría de Hacienda; por tal motivo recalco el Síndico, se interpusieron las demandas correspondientes.
El titular de la Sindicatura capitalina, declaró que la ratificación ante Congreso era sobre la demanda administrativa, ya que es este Poder el que tiene la facultad de sancionar por las violaciones a la Ley de Responsabilidades del Servidor Público y tales hechos pueden alcanzar como sanción la inhabilitación para desempeñarse en futuros cargos públicos.
Para finalizar, Miguel Riggs, detalló que la investigación se presentó en primer orden ante el Órgano de Control de la Presidencia Municipal, el cual cotejo lo investigado, así mismo, esta tarea de investigación arrojo que se favoreció a un intermediario con la cantidad de 4 millones, cuando el contrato no estipulaba la presencia de esa figura. El actual Cuerpo Colegiado del Ayuntamiento pude también determinar una sanción a estos servidores públicos, después de que el Congreso se avoque a la figura de Garfio Pacheco, concluyó.

México

¡Fondo de Pensiones para el Bienestar! Requisitos para recibir $16,777 al mes

Tal vez durante los últimos días hayas escuchado muchas opiniones acerca de la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar, cuya aprobación en el Congreso y posteriormente en el Senado, generó mucho «ruido mediático», en especial por la toma de recursos de las Afores inactivas. Más allá de eso, te decimos cómo funciona y los requisitos para ser beneficiario.

De acuerdo a la información oficial, la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar se dio Con la meta de fortalecer la seguridad financiera de los trabajadores mexicanos al jubilarse. Se trata de un fideicomiso público destinado a complementar las pensiones otorgadas por los institutos de seguridad social del país, incluyendo el IMSS, Infonavit e ISSSTE. 

¿Quiénes recibirán dinero del Fondo de Pensiones para el Bienestar?

La iniciativa busca garantizar que las pensiones sean equivalentes al último salario percibido por el trabajador, siempre y cuando este no supere el límite de 16,777.78 pesos al mes.

Para ser elegibles para este complemento, los trabajadores deben retirarse a la edad de 65 años, haber cotizado en el sistema Afore desde julio de 1997 en el caso del IMSS, y desde abril de 2007 en el caso del ISSSTE. Además, la pensión no debe exceder el límite mencionado anteriormente.

Es importante destacar que este tope se determinó en base al salario promedio de cotización en el IMSS en 2023 y se ajustará anualmente según la tasa de inflación.

Asimismo, según lo aprobado, se priorizará a los trabajadores que comenzaron su cotización a partir de julio de 1997 y alcancen los 65 años de edad.

Polémicas sobre el Fondo de Pensiones para el Bienestar:

Una de las medidas más controvertidas, que ha generado rechazo por parte de la oposición, es la decisión de concentrar los recursos de los trabajadores en este fondo. 

Estos fondos provienen de las subcuentas de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez de trabajadores del sector privado que no hayan sido reclamados a los 70 años, así como de los recursos cotizados por trabajadores del sector público al ISSSTE que no se hayan requerido a los 75 años.

Con las reformas, las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afores) y PENSIONISSSTE están obligadas a realizar transferencias automáticas al Fondo de Pensiones para el Bienestar, sin necesidad de una resolución judicial, una vez que los trabajadores alcancen la edad indicada.

Además, Infonavit y FOVISSSTE deben notificar a los trabajadores un año antes de transferir sus recursos al fondo, a los 70 y 75 años respectivamente.

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