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Aparece vocero de ‘Yosoy132’, se ausentó por decisión propia

El ombudsman nacional, Raúl Plascencia, informó que ayer martes Aleph Jiménez acudió a la sede de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), acompañado por un senador del Partido del Trabajo (PT) por Baja California, para declarar lo que le había sucedido.

El vocero de #YoSoy132 en Ensenada, Baja California, Aleph Jiménez Domínguez, salió de esa ciudad por su propia voluntad, luego de que elementos de la Policía Municipal lo detuvieron por su forma de manifestarse durante la celebración del “Grito de Independencia”.

El ombudsman nacional, Raúl Plascencia, informó que ayer martes Aleph Jiménez acudió a la sede de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), acompañado por un senador del Partido del Trabajo (PT) por Baja California, para declarar lo que le había sucedido.

En el marco de la inauguración del “Seminario Los Derechos Humanos y el Acceso a la Justicia Ambiental: Mecanismos no Jurisdiccionales y Medios de Participación Ciudadana”, en la ciudad de México, Plascencia mencionó que la queja del activista es la única que se ha presentado de los integrantes de ese movimiento ante la CNDH.

Refirió que el joven detalló que el 15 de septiembre elementos municipales lo detuvieron y liberaron horas después, por lo que decidió trasladarse a otra entidad y hasta ayer acudir a la CNDH, para presentar su queja en contra de los policías locales.

La aprehensión, dijo, fue “a propósito de algunas consignas y formas de manifestación que estaba llevando a cabo durante la ceremonia del Grito de Independencia. Fue detenido por elementos de la Policía Municipal y llevado a la delegación municipal; liberado posteriormente y después de ello decidió ausentarse algunos días”.

Plascencia Villanueva refirió que de acuerdo con el activista, fue subido a una patrulla que lo llevó ante un juzgado cívico, donde se le certificó y se le dejó en libertad. No fueron más de ocho horas “y en principio se fue de Ensenada por su propia voluntad, aunque refiere que tiene temor a alguna represalia”.

Sobre el particular, Jiménez Domínguez no pidió protección, aun cuando se le ofreció dictar medidas cautelares, a lo que el respondió que valoraría.

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México

¡Fondo de Pensiones para el Bienestar! Requisitos para recibir $16,777 al mes

Tal vez durante los últimos días hayas escuchado muchas opiniones acerca de la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar, cuya aprobación en el Congreso y posteriormente en el Senado, generó mucho «ruido mediático», en especial por la toma de recursos de las Afores inactivas. Más allá de eso, te decimos cómo funciona y los requisitos para ser beneficiario.

De acuerdo a la información oficial, la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar se dio Con la meta de fortalecer la seguridad financiera de los trabajadores mexicanos al jubilarse. Se trata de un fideicomiso público destinado a complementar las pensiones otorgadas por los institutos de seguridad social del país, incluyendo el IMSS, Infonavit e ISSSTE. 

¿Quiénes recibirán dinero del Fondo de Pensiones para el Bienestar?

La iniciativa busca garantizar que las pensiones sean equivalentes al último salario percibido por el trabajador, siempre y cuando este no supere el límite de 16,777.78 pesos al mes.

Para ser elegibles para este complemento, los trabajadores deben retirarse a la edad de 65 años, haber cotizado en el sistema Afore desde julio de 1997 en el caso del IMSS, y desde abril de 2007 en el caso del ISSSTE. Además, la pensión no debe exceder el límite mencionado anteriormente.

Es importante destacar que este tope se determinó en base al salario promedio de cotización en el IMSS en 2023 y se ajustará anualmente según la tasa de inflación.

Asimismo, según lo aprobado, se priorizará a los trabajadores que comenzaron su cotización a partir de julio de 1997 y alcancen los 65 años de edad.

Polémicas sobre el Fondo de Pensiones para el Bienestar:

Una de las medidas más controvertidas, que ha generado rechazo por parte de la oposición, es la decisión de concentrar los recursos de los trabajadores en este fondo. 

Estos fondos provienen de las subcuentas de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez de trabajadores del sector privado que no hayan sido reclamados a los 70 años, así como de los recursos cotizados por trabajadores del sector público al ISSSTE que no se hayan requerido a los 75 años.

Con las reformas, las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afores) y PENSIONISSSTE están obligadas a realizar transferencias automáticas al Fondo de Pensiones para el Bienestar, sin necesidad de una resolución judicial, una vez que los trabajadores alcancen la edad indicada.

Además, Infonavit y FOVISSSTE deben notificar a los trabajadores un año antes de transferir sus recursos al fondo, a los 70 y 75 años respectivamente.

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